El 13 de septiembre de 2016, Tiziana Cantone, de 31 años, se encontraba en la casa de una tía, en el pueblo de Mugnano, a las afueras de Nápoles (Italia), cuando decidió quitarse la vida. Desde hacía un año estaba luchando legalmente para que seis videos sexuales, en los que ella aparecía con un amante, fueran eliminados de las redes sociales y páginas de contenido para adultos, donde fueron expuestos, sin su consentimiento, y habían generado una ola de humillaciones públicas y acoso que terminaron por afectar su estabilidad social y mental.
De hecho, para escapar de las burlas y las ofensas, decidió cambiar de identidad y domicilio, pero los videos se hicieron virales y fueron tendencia en Europa por varios meses, haciendo que la imagen pública de Tiziana se considerara como la de una estrella porno, contra su voluntad.
Por ello, inició un proceso legal y judicial, contra las redes sociales que habían permitido que se compartieran los videos, así como las páginas web que lo alojaban. Facebook concedió que tenía “derecho al olvido” y los retiró, así como YouTube, más difícil fueron los sitios de particulares, para los que necesitó ayuda de hackers.
A pesar de obtener algo parecido a un triunfo, la justicia italiana la obligó a pagar 20.000 euros por los gastos derivados de todo el proceso tecnológico para borrar los videos. Aunque, otros siguieron circulando.
También denunció a cinco hombres, entre ellos su exnovio, a quienes compartió los videos, pero jamás autorizó para que los publicaran y difundieran. En aquel año, algunos medios recogieron esta declaración, de la mujer: “Estoy sufriendo una total devastación. Es verdad que no he sido precavida al hacer juegos estúpidos con personas desconocidas, pero lo que ahora está sucediendo me acerca de forma rápida a instintos suicidas. Los daños son irreparables”.
Se anunció una investigación contra los señalados por incitación al suicidio, aún sin resolverse. Al parecer, los hombres, después de ver los videos, habrían intentado que Tiziana accediera a tener relaciones sexuales con ellos, pero cuando ella se negó, los publicaron.
El caso de Tiziana Cantone es un trágico indicador, entre muchos otros de, en su mayoría, mujeres —y en algunos casos hombres— acosadas, extorsionadas y con severos daños psicológicos, causados por la pornovenganza, un acto degradante, penalizado en algunos países, cada vez más frecuente debido a la normalización de comportamientos de la cultura digital como el ‘sexting’ y los ‘nudes’.
Según la plataforma internacional Acoso Online, de ayuda a víctimas de la pornoveganza, con edición colombiana, esta conducta puede definirse como “la divulgación de material gráfico y audiovisual de tono erótico o explícitamente sexual sin el consentimiento de alguna de las personas retratadas con la intención de humillar, intimidar y/o extorsionar a la víctima”.
Una práctica riesgosa
Una investigación, de la compañía de ciberseguridad Kaspersky, encontró que en México, la población entre los 16 y 34 años, más del 66 % ha compartido o comparte ‘nudes’, es decir, enviaron a otras personas, mediante apps de mensajería como WhatsApp, o redes sociales como Facebook e Instagram, fotos íntimas y de desnudos propios.
Además, alertaron que el 25 % de las personas en la muestra, había sufrido casos de pornovenganza o situaciones parecidas, como chantajes o ciberacoso. Mientras que, entre los mayores de 35 años, apenas un 16 % pasó por experiencias negativas relacionadas con imágenes íntimas compartidas a terceros. El estudio permite un acercamiento a un aspecto de la cultura digital que aún la sociedad no termina de asimilar, el de la sexualidad mediada por las redes sociales y sus riesgos a nivel psicológico, sin descontar las implicaciones legales.
En este sentido, Paula Dávila, psicóloga clínica de Cali, explica que “las relaciones de hoy están atravesadas por la tecnología, desde el inicio, el intermedio, el desarrollo y hasta el final, por lo tanto, son vínculos con otro tipo de dinámicas, que incluyen conocerse por imágenes, como el denominado “pack” por los adolescentes, que es un set de fotos con las que generan expectativa a través de lo visual, o incluso de lo auditivo, con notas de voz sugestivas”.
La psicóloga considera que la práctica de los ‘nudes’, se viene presentando cada vez con más frecuencia, en las nuevas generaciones, “porque poseen menos tabúes sobre el cuerpo y sobre exhibirse con desnudos, eso hace que sea más sencillo para ellos que para las generaciones de antes”.
Al respecto, surge una pregunta desde la corrección moral y política, ¿compartir ‘nudes’ podría considerarse una práctica normal o aceptable? “En la sexualidad, todo lo que sea pactado por ambas personas y que esté consensuado tiene validez, mientras represente una actividad que promueva el encuentro y genere placer para las dos partes, entonces, podría considerarse una práctica permisible, incluso sana”, sostiene Dávila.
No obstante, aclara, los riesgos siempre están presentes en estas interacciones virtuales, “porque al enviar un ‘nude’ está quedando un registro en internet, que puede ser utilizado por la otra persona en diferentes circunstancias, como la pornovenganza, publicándolas o manipulándolas, lo que puede terminar afectando la identidad”.
Por lo que, las condiciones ideales para esta práctica son “entre personas con un alto nivel de confianza, como parejas estables, en las que hay un contexto de seguridad y poseen un vínculo muy fortalecido”, aconseja Dávila.
Por último, comenta que en la actualidad, “hay gente a la que no le preocupa mucho que sus fotos sean exhibidas, y eso las estimula a tomar más riesgos con su propia imagen en las redes y aplicaciones”.
Cómo denunciar la pornovenganza
En Colombia la pornovenganza no está tipificada como un delito. Pero, existe legislación que puede amparar a las víctimas de estos actos que vulneran la intimidad y la dignidad. De acuerdo con el portal Acoso Online, de ayuda a víctimas de la ciberviolencia de género en línea, las personas afectadas por actos contra ellas que impliquen daños e injurias, pueden denunciar apelando a los artículos 94-100 del Código Penal.
También puede presentar una acción de tutela, amparada en el derecho a la intimidad y al cese de las acciones que la afectan. El artículo 296 del Código Penal, es más preciso, y tipifica el delito de violaciones a los datos personales, como obtención, sustracción, almacenamiento, venta, envío o divulgación de datos personales.