La Fiscalía anunció este miércoles 10 de julio que decidió separar al fiscal Mario Burgos del proceso que llevaba contra el hijo del presidente Gustavo Petro, Nicolás Petro, por las acusaciones en su contra por enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

Según explicó la Fiscalía, la formulación de cargos contra el fiscal por parte de la Comisión de Disciplina Judicial, CNDJ, “constituye, por sí sola y de manera objetiva, causal de impedimento para el doctor Burgos Patiño”.

Laura Ojeda le pedía al fiscal Burgos que deje en paz a Nicolás Petro | Foto: SEMANA

A principios de junio, la CNDJ formuló un pliego de cargos contra Burgos porque tendría responsabilidad en la filtración de videos de la captura y el interrogatorio del exdiputado del Atlántico, que fueron revelados por SEMANA.

Por ello, se le imputaron tres cargos relacionados con el proceso de Nicolás Petro: incumplimiento del deber de custodia sobre registros de video de interrogatorio y captura, abuso de poder durante procedimiento de captura para forzar un acuerdo, y extralimitación de funciones por adelantar actos de investigación en contra del Presidente de la República.

“Como consecuencia de la decisión adoptada por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial de formular pliego de cargos al fiscal Mario Andrés Burgos Patiño, la Delegada para la Seguridad Territorial de la Fiscalía General de la Nación declaró fundada la recusación presentada por el procesado Nicolás Petro contra el mencionado funcionario”, dice el comunicado del ente investigador.

El hijo mayor del Presidente, Nicolás Petro, y su expareja Day Vásquez están siendo investigados por enriquecimiento ilícito. | Foto: Fiscalía/Instagram: Laura Ojeda

Agrega: “La Delegada para la Seguridad Territorial determinó que la decisión disciplinaria del pasado 7 de junio constituye, por sí sola y de manera objetiva, causal de impedimento para el doctor Burgos Patiño. Por ello, este fiscal ante Tribunal Superior de Distrito no podrá continuar como delegado para adelantar la investigación contra el ciudadano Nicolás Petro”.

“De acuerdo con la resolución 372 del 9 de julio de 2024 de la delegada, del pliego disciplinario de cargos surge la causal objetiva 11 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, según la cual “si la denuncia o la queja fuere presentada con posterioridad a la formulación de la imputación, procederá el impedimento cuando se vincule jurídicamente al funcionario judicial”, finaliza.