Este martes, la Corte Constitucional declara inconstitucional la exigencia de 1.300 semanas de cotización para que las mujeres obtengan la pensión de vejez.
Según el comunicado oficial, teniendo en cuenta el principio de sostenibilidad financiera, se difirió el efecto de la medida hasta el 31 de diciembre de 2025, para que en dicho lapso el Congreso, en coordinación con el Gobierno nacional, adopte un régimen de causación del derecho a la pensión de vejez en el que se considere integralmente el enfoque de género y, especialmente, la condición de las mujeres cabeza de familia.
A partir del primero de enero de 2026 y si el Legislativo no adopta dicho régimen, se disminuirán gradualmente las semanas de cotización, hasta llegar a mil.
A partir de ello, la entidad judicial explicó el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito laboral y de la vejez en el sistema de seguridad social integral. En este punto, enfatizó las inequidades que padecen las mujeres en materia de protección social y en el aseguramiento en la vejez. Asimismo, analizó las medidas adoptadas en el ámbito nacional e internacional para superar la brecha entre mujeres y hombres en dicho escenario.
“La diferencia en la edad pensional ha sido el esquema tradicionalmente usado por el régimen jurídico en el país. Hoy en día resulta insuficiente de cara a profundizar la aplicación del mandato constitucional por superar la discriminación por razones del género e, inclusive, se desactiva al exigírseles a las mujeres la misma densidad cotizacional que a los hombres, en menos tiempo”, anotó la Corte Constitucional.
Según el pronunciamiento de la Corte Constiucional, hasta el momento, para que las mujeres puedan acceder a la pensión de vejez deben acreditar las mismas 1.300 semanas de cotización que los hombres, sin considerar las barreras y dificultades que enfrentan para acceder y mantenerse en el mercado laboral, y asumir las obligaciones del cuidado del hogar, tanto como las que se intensifican cuando llegan a la adultez mayor.
“La norma no contiene el enfoque de género que constitucionalmente se demanda en la actualidad, para atender las condiciones de las mujeres y la garantía real y efectiva para su acceso a la pensión”, recalcó.
Por ello, la entidad judicial acreditó su inconstitucionalidad y consideró la necesidad de adelantar un ejercicio de ponderación que permitiera adoptar una decisión que realice, en el mayor grado posible, los principios constitucionales de universalidad y sostenibilidad financiera en tensión.
¿Desde cuándo disminuirían las semanas cotizadas de pensión para las mujeres?
El Gobierno nacional, en conjunto con el Congreso, tendrá que definir un régimen que garantice en condiciones de equidad el acceso efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres, especialmente aquellas cabeza de familia, y que contribuya a cerrar la histórica brecha por el género. Así lo confirmó la Corte Constitucional.
Bajo esta premisa, se estableció que los efectos de la decisión se aplicarán a partir del primero de enero de 2026, por cuanto si para esa fecha no se ha adoptado dicho régimen, se dispuso por la Corte que el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas por el año 2026 y, a partir del primero de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a mil semanas.
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Cabe destacar que esta decisión fue tomada frente a las barreras y obstáculos que se presentan para que las mujeres accedan y se mantengan en el mercado laboral y puedan garantizar su derecho pensional, así como las condiciones de inequidad que experimentan las mujeres en la economía del cuidado, la informalidad, la vulnerabilidad y la exclusión.