Aunque se esperaba que este viernes el Juzgado 30 de Conocimiento de Bogotá retomara el proceso contra Carlos Mattos luego de que fue anulada por el Tribunal Superior de Bogotá la sentencia que lo condenó a nueve años de prisión, una carta del empresario en la que revocó el poder a su abogado provocó el aplazamiento de la diligencia.
“Me siento tan desorientado como lo está mi proceso. Por eso revocó el poder que he otorgado a mis defensores y ruego a su señoría se me conceda el tiempo justo para recomponer mi defensa técnica en busca de un mejor amparo, créame que no estoy en condiciones físicas ni anímicas de asistir a la audiencia en esas condiciones”, dijo Mattos en una carta que envió y que fue leída por su anterior apoderado, Omar Suárez.
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En esta misiva Mattos se refirió además a las condiciones en la que está recluido en la cárcel de Cómbita en Boyacá, luego de ser trasladado allí, tras el escándalo de sus salidas ilegales de la cárcel la Picota de Bogotá.
“He sido enviado en un acto injusto, desmedido y con violación de la ley, a un centro penitenciario en condiciones climáticas insoportables e inhumanas para un hombre de mi edad y condiciones de salud previamente diagnosticadas e incompatibles con el clima del lugar y la situación carcelaria”, manifestó.
La decisión del Tribunal Superior de Bogotá de declarar nula la condena de nueve años y cinco meses de prisión en contra del empresario Carlos Mattos por haber sobornado al exjuez, Reinaldo Huertas, se sustentó en argumentar que la Fiscalía debe determinar la totalidad del incremento patrimonial de Mattos por sus ilícitos y advertirle que sólo tendrá rebajas si reintegra la totalidad de este dinero.
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“Carlos Mattos pudo haber obtenido un incremento patrimonial como consecuencia de la medida cautelar decretada por el juez corrupto, porque así mantuvo la exclusividad en la comercialización de los vehículos de la casa automotriz Hyundai. (...) La Sala comparte el criterio expresado por el delegado del Ministerio Público cuando señaló que no basta que el delegado de la Fiscalía o la defensa del procesado manifiesten que no existe evidencia de un incremento patrimonial producto de los ilícitos, sin que el órgano investigador haya realizado algún acto investigativo con esa finalidad”, se lee en la decisión del Tribunal.
Además de esta sentencia que está pendiente Mattos fue condenado en primera instancia por el Juzgado 11 de Conocimiento de Bogotá a cinco años y diez meses de prisión (70 meses), por haber sobornado a la entonces juez civil Ligia del Carmen Hernández.
Esta decisión se da luego de que Mattos aceptará cargos y el juez le rebajara la pena de siete años y ocho meses (94 meses).