La Sala Jurisdiccional Disciplinaria tendrá que decidir cuál es la autoridad competente, si la Justicia Penal Militar o la Fiscalía, en el caso de Juliana Giraldo, muerta en septiembre pasado en un retén militar en Cauca.
El conflicto de competencias, en este caso, se surtió precisamente luego de que ante el Juzgado Segundo Promiscuo de Miranda (Cauca), la Fiscalía presentó al miembro del Ejército Nacional que le habría ocasionado la muerte a Giraldo, y al que pretendían imputar por el delito de homicidio en persona protegida.
No obstante, durante la diligencia el abogado del militar planteó conflicto de competencia y pidió que el caso fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, porque a su juicio fue en medio del acto de servicio.
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Al respecto, la Fiscalía argumentó que debe seguir con la investigación para otorgar todas las garantías judiciales a la víctima y sus familiares.
Precisó que los indicios dan cuenta de que el uniformado involucrado en los hechos actuó a mutuo propio y no en un acto del servicio. Adicionalmente, que con su proceder habría desatendido los lineamientos definidos por el Ejército para reaccionar en un puesto de control.
La Fiscalía también manifestó que Giraldo Díaz era una mujer transgénero integrante de la población civil, por lo tanto estaba protegida internacionalmente.
Esto indicaría que con su muerte fueron vulnerados los principios de distinción y precaución que contempla el Derecho Internacional Humanitario.
Así las cosas, quien debe definir la competencia será la Sala Jurisdiccional durante los próximos días.