La Corte Constitucional protegió los derechos de los estudiantes de la Universidad Antonio Nariño (UAN), sede Riohacha, a quienes les retiraron un subsidio educativo del que gozaban.
La Corte amparó sus derechos fundamentales a educación, al debido proceso y a la confianza legítima. Por lo tanto, le ordenó al Departamento de la Guajira que continuara pagando la matrícula parcial de los estudiantes, que iniciaron sus carreras teniendo en cuenta este beneficio económico.
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Los estudiantes reclamaron que el subsidio económico del que se venían beneficiando, gracias a un convenio entre el Departamento de la Guajira y la Universidad Antonio Nariño (UAN), les fue retirado a pesar de cumplir con los requisitos. En los recibos para el pago de la matrícula de los últimos semestres no se les aplicó el descuento a cargo del Departamento.
Por su parte, la entidad argumentó que no había convenio vigente, y por ello no estaba obligada a conceder el subsidio. Frente a esto la Corte sostuvo que si bien el convenio había vencido, era obligación de la Gobernación renovarlo, y sobre todo velar por que los derechos de los estudiantes no se vieran afectados.
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"A los estudiantes les fue creada la expectativa de acceder a una carrera profesional y de permanecer en ella hasta la culminación de sus estudios con base en una serie de beneficios económicos otorgados por la Gobernación de La Guajira y la UAN. Aunque el convenio terminó por una causa legal, al Departamento le correspondía evitar que la omisión en la renovación consolidará una situación contraria a esa expectativa y lesiva del derecho a la educación y del principio de progresividad”, indicó la Corte.