La Corte Suprema de Justicia negó una acción de tutela presentada por el abogado Diego Cadena, con la que se buscaba tumbar la sanción en su contra por soborno a testigos en el caso que también involucra al expresidente Álvaro Uribe.

Con ponencia de la magistrada Marjorie Zúñiga Romero, la Sala de Casación Laboral negó la solicitud de Cadena contra la suspensión por tres años para ejercer como abogado impuesto por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

Diego Cadena, exabogado de Álvaro Uribe Vélez, quien también esta involucrado en el caso de soborno a testigos. | Foto: COLPRENSA ©

La acción de tutela radicada el 25 de abril de 2023 por la defensa del abogado aseguraba que se debía suspender su sanción porque se le había violado el derecho al debido proceso, derecho de defensa y presunción de inocencia.

“El disciplinable reprodujo gran parte de los argumentos expuestos por su apoderado, resaltando la buena fe con que actuó (Diego Cadena) al realizar actos de investigación en procura de la “verdad”, asegura la defensa.

No obstante, el Alto Tribunal ratificó la sanción interpuesta por la CNDJ y negó todas las pretensiones que buscaba Diego Cadena con la tutela, asegurando que los argumentos son inválidos.

“Se recuerda que, por el simple descontento del reclamante, no puede el fallador de tutela dejar sin efecto la determinación válidamente adoptada por el juez natural, quien denegó las súplicas tras un análisis racional del caso, con fundamento en la libre formación de su convencimiento y a la valoración de las pruebas con base en la sana crítica”, señala el fallo.

La Corte Suprema de Justicia recriminó a Diego Cadena y su defensa al expresarles que lo que pretenden es una nueva intervención judicial para que se resuelva a su favor y acorde a sus intereses, pero que “olvida que el hecho de no coincidir con el criterio de la autoridad judicial a quien la ley le asignó competencia para resolver la controversia en ningún momento invalida su actuación y mucho menos la hace susceptible de ser modificada por vía de tutela”.

El Alto Tribunal confirmó que esta se apegó a la realidad procesal y aplicó las normas y jurisprudencia que rigen el asunto, rechazando que esta fuera arbitraria y caprichosa como lo alegaba Cadena.

Sobre la sanción de la CNDJ, el Alto Tribunal confirmó que esta se apegó a la realidad procesal y aplicó las normas y jurisprudencia que rigen el asunto, rechazando que esta fuera arbitraria y caprichosa como lo alegaba Cadena.

De acuerdo con la Comisión, el abogado se presentó varias veces en la cárcel La Picota de Bogotá para contactarse con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve Pineda -que cumple una condena por secuestro- y le puso de presente una serie de documentos para que los firmara y se retractara de las acusaciones que había hecho en su momento en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez.

El propósito era enviar esta retractación a la Corte Suprema de Justicia, que ya había definido llamar a indagatoria al entonces senador de la República por presuntamente ordenar presionar y manipular a los testigos que existían en su contra. Este documento era la prueba clave en el recurso de revisión que iba a presentar el 23 de febrero de 2018 ante el alto tribunal.

El abogado igualmente está pendiente a que se resuelva el recurso de apelación que presentó en contra del fallo que lo sancionó por 34 meses y el pago de una multa de diez salarios mínimos legales vigentes para el año 2017. Este caso hace referencia a los sobornos que le habría ofrecido al exparamilitar Carlos Enrique Vélez, alias Víctor, para que supuestamente cambiara su declaración en el marco de la investigación que se adelantaba contra el exmandatario.

diego cadena Abogado, acusado de soborno a testigos.

Según la decisión, Cadena le puso de presente a Vélez un documento en el que señalaba que las declaraciones que había hecho en un pasado contra el expresidente Uribe y su hermano, el ganadero, Santiago Uribe Vélez fueron motivadas por el senador Iván Cepeda, quien le ofreció prebendas. Con el fin de lograr su objetivo, el abogado Cadena habría incluso ofrecido pagarle trabajadoras sexuales.

“Se empezaron a realizar pagos mediante giros a su entorno familiar y personal y que las cartas contenían falsedades”, señala la decisión de 39 páginas. “Si Carlos Enrique Vélez nunca ha visto personalmente a Iván Cepeda, el contenido común de las cartas, en lo relativo a una reunión con el congresista en la cárcel La Picota, no pudo haber ocurrido, y mucho menos las supuestas promesas de beneficios por declarar contra los hermanos Uribe Vélez”.