La Procuraduría formuló cargos contra Luis Francisco Cante Céspedes, exdirector regional Andino de Migración Colombia, y Adriana Paola Cuervo Pulido, excoordinadora del mismo organismo, por presuntos hechos de acoso sexual y omisión en la protección de una servidora de la entidad.
Una oficial de Migración Colombia denunció que entre febrero y octubre de 2023 fue víctima de conductas que podrían constituir acoso, hostigamiento o asedio físico y verbal con fines sexuales no consentidos por parte de Cante Céspedes.
“Los hechos fueron denunciados por una oficial de Migración Colombia, quien manifestó que entre febrero y octubre de 2023, fue víctima de comportamientos que posiblemente configuraban acoso, hostigamiento o asedio físico y verbal con fines sexuales no consentidos por parte de Cante Céspedes”, dice el comunicado oficial de la entidad publicado este lunes, 3 de febrero.
De acuerdo con la investigación, el exdirectivo presuntamente realizó tocamientos no autorizados y expresó comentarios de índole sexual que habrían vulnerado la dignidad de la denunciante, valiéndose de su cargo en la entidad. Para la Procuraduría, estas acciones podrían constituir acoso sexual.
El Ministerio Público también formuló cargos contra Adriana Cuervo, quien, aunque no estuvo presente en los hechos denunciados, habría minimizado la situación en un correo electrónico dirigido a directivos de Migración.
En el mensaje, sugirió que la denunciante tergiversaba la realidad y se refirió a su vestimenta, lo que, según la Procuraduría, podría haber contribuido a restarle credibilidad y vulnerar su dignidad.
A juicio del ente disciplinario, esta conducta podría constituir violencia institucional, ya que las autoridades están obligadas a garantizar la protección de las mujeres víctimas de violencia.
Citó una sentencia de la Corte Constitucional que advierte que este tipo de violencia “puede resultar aún más perjudicial que la perpetrada por un particular”, al provenir de funcionarios que ostentan autoridad.
La Procuraduría calificó las conductas atribuidas a Cante Céspedes y Cuervo Pulido como falta gravísima y grave, respectivamente, a título de dolo.
El organismo reiteró que ninguna forma de agresión sexual es admisible e incluye desde tocamientos hasta expresiones de doble sentido que afecten la integridad de las mujeres.
“Las conductas endilgadas a Cante Céspedes y Cuervo Pulido fueron calificadas como falta gravísima y grave, respectivamente, a título de dolo”, se lee en el documento publicado por la Procuraduría en sus canales oficiales.
*Con información de Colprensa y redacción de El País.