El exjefe paramilitar, Salvatore Mancuso, fue citado por la Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, para que entregue testimonio reservado sobre el conflicto armado en Córdoba y Urabá.

La citación está programada para los días 2, 3 y 4 de abril de 2025, según se conoció en las últimas horas.

Salvatore Mancus es uno de los exjefes paramilitares de las AUC. | Foto: COLPRENSA ©

“El despacho relator de la Situación territorial de Urabá se encuentra facultado y estima útil, necesaria y pertinente la práctica del testimonio del señor Salvatore Mancuso Gómez en el marco de su investigación y en esos términos procederá”, se lee en el documento de la Sala de la JEP.

En julio pasado, Mancuso salió en libertad condicional, luego de que el Tribunal de Justicia y Paz de Bogotá ordenara que se dejaran sin efectos las más de 50 órdenes de captura que pesaban en su contra.

En 2023, la JEP aceptó de manera excepcional el sometimiento de Salvatore Mancuso porque ejerció un rol de bisagra con la fuerza pública, y que tuvo el poder para “mover los hilos” de estructuras militares, empresariales, políticas, e incidir en agentes del Estado de alto rango.

Cabe recordar que recientemente la presidenta de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, Myriam Ávila Roldán, expuso ante la Corte Constitucional la postura del alto tribunal frente a la demanda contra la interpretación de la Jurisdicción Especial para la Paz, sobre su competencia para juzgar a ex jefes paramilitares, en tanto hayan actuado como “sujetos bisagra” dentro de la Fuerza Pública.

Según la magistrada, esta interpretación no solo se aparta de lo dispuesto por la Constitución y la ley estatutaria, sino que también resulta innecesaria, dado que existen otros mecanismos adecuados en la jurisdicción ordinaria.

”Si bien la figura de los sujetos bisagra busca evitar la impunidad, ello no puede hacerse desconociendo la validez de los procedimientos judiciales que han sido refrendados por la jurisprudencia constitucional y de la Corte Suprema”, señaló.

Ávila Roldán sustentó su exposición en cuatro puntos: la comparecencia de los ex jefes paramilitares ante la JEP no representa una ventaja significativa para las víctimas; y la interpretación dada por la justicia transicional es incompatible con la Constitución y la ley estatutaria.

Mancuso tendrá que hablar sobre su rol en los crímenes en esa zona del país. | Foto: Colprensa - Mariano Vimos

Además, sostuvo que la doctrina de los agentes estatales de facto no implica que todos los involucrados en el conflicto armado deban ser juzgados por el mismo tribunal, y que la eficacia de los tribunales transicionales depende de la complementariedad cooperativa entre las distintas jurisdicciones.

*Con información de Colprensa.