La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz negó la solicitud de desistir al sometimiento de Luis Fernando Almario Rojas, exrepresentante a la Cámara.
Rojas está siendo procesado por concierto para delinquir agravado con grupos armados y constreñimiento al elector, y otra causa penal por su presunta participación en los homicidios de Diego Turbay Cote, Inés Cote de Turbay y Jaime Peña Cabrera, Edwin Amir Alarcón Angarita, Hamil Bejarano Martínez, Dagoberto Samboní Uni y Rafael Ocasiones Llanos, proceso por el que se sometió a la JEP y que el exrepresentante no aceptó su responsabilidad.
Sobre el primer proceso, Almario Rojas fue condenado el 16 de marzo de 2016 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, autor de los delitos de concierto para promover grupos al margen de la ley, específicamente al Bloque Central Bolívar, Frente Sur de los Andaquíes, en concurso con constreñimiento al elector.
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Frente a la sentencia, el compareciente presentó un recurso de apelación, el cual está pendiente de fallo por la Corte. Sin embargo, Almario solicito en mayo de 2022 a la JEP, una solicitud de desistimiento de su sometimiento al considerar que su proceso de concierto para delinquir no está siendo priorizado por la jurisdicción y continua pendiente de fallo.
“La solicitud de desistimiento parcial es improcedente, en tanto el sometimiento a la JEP es integral, irrestricto e irreversible. Esto implica que persiste su obligación en calidad de compareciente de aportar a la verdad plena, detallada y exhaustiva sobre la totalidad de los hechos por los que se le procesa, independientemente de si alega su inocencia”, expreso la JEP.
Igualmente, solicitó información a la Corte Suprema con miras a pronunciarse sobre la eventual suspensión del proceso.