El expresidente Álvaro Uribe Vélez vuelve a tener una nueva derrota durante el proceso judicial en su contra por los presuntos delitos de fraude procesal, soborno en actuación penal y soborno a testigos que actualmente está en la etapa de juicio en los juzgados de Paloquemao en Bogotá.

En esta ocasión, el Tribunal Superior de Bogotá rechazó una nueva tutela presentada por la defensa del exmandatario que reclamaba una vulneración a sus derechos, especialmente contra el Juzgado 44 de conocimiento de Bogotá.

Y es que según la demanda, Uribe consideraba que la jueza 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, ha programado la mayoría de las audiencias de manera desproporcionada, ya que se han venido citando casi todos los cinco días de cada semana.

La defensa del máximo líder del Centro Democrático buscaba que se decretara una medida provisional consistente en “que se suspendiera nuevamente la actuación procesal, hasta tanto se resolviera de fondo la acción de tutela”. Sin embargo, el tribunal capitalino lo negó. | Foto: Montaje El País: capturas de pantalla RTVC

Por lo tanto, la defensa del máximo líder del Centro Democrático buscaba que se decretara una medida provisional consistente en “que se suspendiera nuevamente la actuación procesal, hasta tanto se resolviera de fondo la acción de tutela”. Sin embargo, el tribunal capitalino lo negó.

El mayor desacuerdo de Álvaro Uribe a lo largo del texto de la tutela tiene que ver con que en el pasado mes de febrero, cuando iniciaron las audiencias del juicio, el despacho le solicitó a sus abogados su calendario de agendas programadas, con el propósito de agendar las diligencias de juicio oral por los tres delitos que la Fiscalía acusa al exmandatario.

Según la demanda, Uribe consideraba que la jueza 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, ha programado la mayoría de las audiencias de manera desproporcionada, ya que se han venido citando casi todos los cinco días de cada semana. | Foto: SEMANA

El fallo del Tribunal Superior de Bogotá señala que durante la audiencia del jueves 27 de febrero el abogado Jaime Granados le informó a la jueza Heredia que tanto él como su cliente tenían programados en los días posteriores otros compromisos judiciales para atenderlos, ya que los consideraban igual de importantes.

Como evidencia, Granados señaló que al siguiente día, el viernes 28 de febrero, el expresidente Uribe tenía que atender una audiencia perteneciente al caso de supuesta calumnia contra el periodista Daniel Coronell. Sin embargo, la funcionaria judicial agendó simultáneamente la audiencia, ya que consideró que el acusado no tenía la necesidad de estar en ella y argumentó que como el caso está cerca de prescribir, necesitaba darle prioridad.

A pesar de ello, con la ponencia de la magistrada Yenny Patricia García, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá consideró que no hubo vulneración a los derechos procesales, ya que la jueza 44 no cometió alguna extralimitación al solicitar el cronograma a la defensa porque solamente lo hacía para corroborar fechas.

“La Sala declarará la improcedencia del amparo solicitado al no cumplirse con las exigencias previstas para entrar a controlar las órdenes que fueron impartidas por el Juzgado Cuarenta y Cuatro (44) Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, conforme con las razones expuestas en precedencia”, se lee en una de las conclusiones del fallo.

Así las cosas, los magistrados del tribunal pidieron a todas las partes del proceso actuar con “lealtad” hacia la administración de justicia colombiana.