Por medio de su Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió este martes, 16 de abril de 2024, que no se le puede conceder la “libertad transitoria, condicionada y anticipada” al excomandante paramilitar, Salvatore Mancuso. Es por esa razón que Mancuso Gómez continuará en la cárcel por el momento.
La resolución señaló que el otorgamiento de beneficios al exjefe de varios bloques de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) no pueden ser automáticos, sino que están sujetos de la revisión de otras circunstancias.
“La concesión de la libertad transitoria, condicionada y anticipada, como lo ha dicho la misma Sección de Apelación, es un beneficio para construir confianza y no un derecho automático”, señaló el fallo, el que, además, se hizo énfasis en que “no es posible el otorgamiento de beneficios incondicionales o automáticos en tanto de lo que se trata es de garantizar los derechos de las víctimas”.
El mes pasado, exactamente el 13 de marzo, Justicia y Paz, en su Sala en Barranquilla, rechazó la solicitud de libertad de Salvatore Mancuso, quien, había sido designado como “gestor de paz” por el gobierno de Petro. “No encuentra la Sala qué papel concreto desempeñaría el procesado -en referencia al excomandante paramilitar- en las mesas técnicas. Es más, no se sabe cuáles son las mesas, quién las integraría, dónde operarían, por cuánto tiempo sesionarían”.
Resulta importante recordar que Salvatore Mancuso Gómez se encuentra privado de la libertad en un pabellón de máxima seguridad en la cárcel La Picota, de la capital del país. El excomandante paramilitar está totalmente aislado y, además, cuenta con vigilancia especial mientras sus procesos se mantienen en un vilo jurídico.