La Comisión de Disciplina Judicial decidió este miércoles mantener en firme una sanción impuesta contra los abogados Diego Javier Cadena Ramírez y Juan José Salazar Cruz, por presunto soborno a testigos, dentro del caso que involucra al expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La sanción fue impuesta en primera instancia, pero la magistrada Diana María Vélez Vásquez presentó a la sala plena una ponencia en la que pedía revocarla.
En ese primer fallo, del 30 de junio de 2022, la seccional Valle del Cauca de dicha comisión ordenó suspender a Cadena en el ejercicio de la profesión por un periodo de 34 meses, y a Salazar por 27 meses. A Cadena, además, se le impuso una multa de 10 salarios mínimos legales mensuales.
Se argumentó que los abogados gestionaron la entrega de dádivas al paramilitar Carlos Enrique Vélez, concretamente una suma de $200.000.000, a cambio de que declarara falsamente ante la Corte Suprema de Justicia, en el proceso que se adelantaba contra el Senador Iván Cepeda, denunciado por el expresidente Uribe Vélez.
En la ponencia que fue negada, la magistrada Vélez Vásquez, a quien se le considera en círculos políticos como cercana al Centro Democrático, señalaba que no se puede confirmar la sanción de Cadena, pues de acuerdo con la información del expediente disciplinario, se comprobaría que Carlos Enrique Vélez, testigo clave en el caso, cambió varias veces su versión.
En ese sentido, se argumentaba que la versión del testigo era contradictoria, pues en varios escenarios había cambiado el tiempo, modo y lugar de los supuestos hechos.
Durante todo el proceso, argumentó la Magistrada, el exparamilitar condenado Carlos Enrique Vélez dio varias versiones, muchas de estas diciendo lo contrario, “por lo que no es posible establecer si realmente le ofrecieron dinero para que cambiara su testimonio”.
Según la ponencia negada, no existían evidencias “de que los abogados hubieran patrocinado un acto fraudulento para la consecución de testigos que rindieran declaraciones falaces contactados a través de Carlos Enrique Vélez y bajo promesas remuneratorias”.
En ese sentido, la Sala Plena de la Comisión, que tomó las funciones al Consejo Superior de la Judicatura, tendrá que evaluar en su próxima sala plena una nueva ponencia, con base en los argumentos que sirvieron para negar la solicitud de la magistrada Vélez Vásquez.
El caso pasará ahora al siguiente magistrado en, el cual deberá acoger los argumentos de la mayoría. Eso significa, en la práctica, que la sanción disciplinaria contra Cadena podría quedar en firme.
Es de recordar que la Corte Suprema de Justicia ya había negado una acción de tutela presentada por el abogado Diego Cadena, con la que buscaba tumbar la sanción en su contra.
Con ponencia de la magistrada Marjorie Zúñiga Romero, la Sala de Casación Laboral negó la solicitud de Cadena contra la suspensión por tres años para ejercer como abogado, impuesta por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
La acción de tutela, radicada el 25 de abril de 2023 por la defensa del abogado, aseguraba que se debía suspender su sanción porque se le había violado el derecho al debido proceso, derecho de defensa y presunción de inocencia.
No obstante, el Alto Tribunal ratificó la sanción interpuesta por la CNDJ y negó todas las pretensiones que buscaba Cadena con la tutela, asegurando que los argumentos son inválidos.
“Se recuerda que, por el simple descontento del reclamante, no puede el fallador de tutela dejar sin efecto la determinación válidamente adoptada por el juez natural, quien denegó las súplicas tras un análisis racional del caso, con fundamento en la libre formación de su convencimiento y a la valoración de las pruebas con base en la sana crítica”, señaló ese fallo.
La Corte Suprema de Justicia recriminó a Diego Cadena y su defensa al expresarles que lo que pretenden es una nueva intervención judicial para que se resuelva a su favor y acorde a sus intereses, pero que “olvida que el hecho de no coincidir con el criterio de la autoridad judicial a quien la ley le asignó competencia para resolver la controversia en ningún momento invalida su actuación y mucho menos la hace susceptible de ser modificada por vía de tutela”.
Sobre la sanción de la CNDJ, el Alto Tribunal confirmó que esta se apegó a la realidad procesal y aplicó las normas y jurisprudencia que rigen el asunto, rechazando que esta fuera arbitraria y caprichosa como lo alegaba Cadena.
De acuerdo con la Comisión, el abogado se presentó varias veces en la cárcel La Picota de Bogotá para contactarse con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve Pineda -que cumple una condena por secuestro- y le puso de presente una serie de documentos para que los firmara y se retractara de las acusaciones que había hecho en su momento en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez.