Un total de ocho miembros de la fuerza pública reconocerán su responsabilidad por desaparecer y asesinar a 47 personas entre 2002 y 2006, y que fueron presentadas como bajas en combate e inhumadas en el cementerio Las Mercedes, de Dabeiba.
Esto lo confirmó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), tras fijar una audiencia pública que se realizará el próximo 27 de junio en el municipio antioqueño. Según expresa el proceso investigativo de la entidad, los responsables “deben pasar del reconocimiento escrito que entregaron a la magistratura de la JEP, a uno público ante la justicia, las víctimas y la sociedad colombiana”.
“En la diligencia los comparecientes realizarán públicamente su reconocimiento de verdad y de responsabilidad frente a los familiares de las víctimas, quienes además participarán en un espacio al que también fueron vinculadas las organizaciones acompañantes, así como las instituciones del Estado del orden local, regional y nacional e internacional para que respalden y blinden el proceso restaurativo que empezó en diciembre de 2022″, expresa la JEP.
A la diligencia judicial fueron convocados el coronel Efraín Enrique Prada Correa, excomandante del Batallón de Contraguerrillas; Hernando Cómbita Salazar (BCG 79); Edie Pinzón Turcios, excomandante del Batallón de Contraguerrillas n.° 26 Arhuacos (BCG 26); y dos mayores en retiro: Yair Leandro Rodríguez Giraldo (BCG 26) y Hermes Mauricio Alvarado Sáchica (BCG 79).
Asimismo, tres sargentos en retiro del BCG 79: William Andrés Capera Vargas, Fidel Iván Ochoa Blanco y Jaime Coral Trujillo, y un soldado profesional en retiro del BCG 79: Levis de Jesús Contreras Salgado.
La audiencia se dará en el marco del macrocaso nacional (03), que investiga los antiguamente llamados falsos positivos, con el caso territorial (04), que priorizó la región de Urabá antioqueño y chocoano.
De acuerdo con los hechos investigados en el caso de Dabeiba, las víctimas de los falsos positivos, en su mayoría, se trataba de hombres jóvenes en situación de vulnerabilidad, con edades de entre 20 y 35 años y donde sus cadáveres fueron ocultados en los cementerios municipales para impedir su identificación.
La Sala encontró igualmente hechos representativos de este patrón en 1997 en Dabeiba, con participación de las tropas del Batallón de Infantería n.° 10 Coronel Atanasio Girardot.
Según expresó la entidad, esta se trata de la primera audiencia conjunta que se realiza entre la sala de Reconocimiento y la Sala de Definiciones de Situaciones Jurídicas, con el fin de avanzar en la restauración del daño causado y definir la situación jurídica de los comparecientes sometidos a la JEP.
Finalmente, recalcó la entidad que los miembros de la fuerza pública no serán objeto de indulto, pero tampoco serán incluidos en la imposición de las sanciones propias porque la magistratura encontró que no son máximos responsables.
JEP: macrocaso de violencia sexual
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene un plazo de 30 días para decidir sobre la priorización del Caso 11, que investiga los crímenes de violencia sexual, violencia reproductiva y otros crímenes cometidos por prejuicio, odio o discriminación de género, sexo, identidad y orientación sexual diversos en el conflicto armado.
Así lo ordenó la Subsección Quinta de la Sección de Revisión, al fallar una acción de tutela interpuesta por la Procuraduría General de la Nación y la señora Yolanda Perea Mosquera, quienes pedían el amparo de sus derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia en un plazo razonable.
Es de recordar que, tras los reclamos de víctimas y entidades para la apertura del macrocaso 11, que estudiará y juzgará casos de violencia sexual en el conflicto colombiano, la entidad anunció la apertura de este nuevo grupo de investigaciones, pero que a hoy no se tiene fecha oficial del inicio.
En el caso concreto de esta acción de tutela interpuesta por la Procuraduría General de la Nación y la señora Yolanda Perea, la solicitud está relacionada en la consolidación de un universo provisional de hechos de violencia basada en género, violencia sexual y violencia reproductiva, sumado a una propuesta de patrones de macro criminalidad y la identificación preliminar de personas presuntamente responsables.
En la decisión se concluyó que “el tiempo que ha transcurrido desde que se inició la fase de agrupación y concentración del Caso 11, sin que se haya definido aún su priorización, resulta desproporcionado y trasgrede los derechos de las víctimas”.
Para llegar a esa conclusión, la Sección tuvo en cuenta el término con el que cuenta la Sala de Reconocimiento de Verdad para concluir sus labores de investigación y el límite temporal que tiene la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (UIA) para formular las acusaciones ante el Tribunal para la Paz, en este último caso contra los comparecientes que no acepten responsabilidad ni aporten verdad.
“Ha habido incumplimiento del principio de estricta temporalidad y se ha vulnerado el derecho constitucional de las víctimas de violencia sexual a la debida diligencia. También de las obligaciones internacionales del Estado para investigar y sancionar estos hechos”, expresa la decisión.