Tres exparamilitares fueron condenados a más de 30 años de prisión por su responsabilidad en el crimen de dos miembros del partido Unión Patriótica, UP. De acuerdo con lo detallado por la Fiscalía, las víctimas fueron asesinadas en hechos aislados ocurridos en 2002 y 2014, los cuales fueron perpetrados por las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, ala narcotraficante del ‘Clan del Golfo’.
Según explicó la Fiscalía, un primer caso está relacionado con el crimen de Marco Aurelio Osorio Manco, integrante de la UP, el cual se registró el 17 de junio de 2002, en zona rural de Dabeiba, Antioquia, cuando hombres armados y motorizados llevaron a la víctima a una finca donde, luego de haberle propinado varios disparos, arrojaron su cuerpo al río Sucio lugar en el que su cadáver fue encontrado siete días después.
Luego del crimen de Osorio Manco, sus familiares tuvieron que abandonar sus tierras y refugiarse en Medellín y otras poblaciones cercanas. Al respecto, la Fiscalía detalló que un adolescente, quien fue testigo de lo ocurrido, también tuvo que huir de su lugar de residencia; además, precisaron que el proceso de investigación permitió determinar que la víctima fue asesinada por orden del bloque Élmer Cárdenas de las AUC, por considerarla opositora.
De igual manera, las autoridades detallaron que John Fredy Manco Torres, conocido bajo el alias de El Indio o Don Alberto, fue encontrado como responsable del crimen de Osorio Manco, por lo cual, el 31 de mayo de 2013 fue capturado en Río de Janerio, Brasil, en cumplimiento de una notificación roja de Interpol que tenía en su contra. Esta persona, según lo revelado por la Fiscalía, llegó a ser considerado uno de los jefes del ala narcotraficante del ‘Clan del Golfo’.
El hombre, quien fue deportado a Colombia en abril de 2015 para que respondiera por un proceso de tráfico de estupefacientes y lavado de activos que se seguía en su contra en territorio nacional, fue condenado por un juez especializado de Antioquia a 32 años y seis meses de prisión por su responsabilidad en los delitos de homicidio en persona protegida; y deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de la población civil. El victimario tendrá que cumplir su condena en un centro cancelario y, además, deberá pagar una multa equivalente a 3.900 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que deberá consignar al Fondo para la Reparación a las Víctimas.
El segundo caso tiene que ver con el crimen de Wilson Dago Ballen Jiménez, quien fue asesinado en la tarde del 16 de diciembre de 2014 por integrantes del frente Sumapaz del Bloque Centauros de las AUC, quienes llegaron a una vivienda ubicada en la vereda El Mesón, en el municipio de Icononzo, en Tolima, y atentaron contra él.
Según determinó la investigación, al llegar a la casa los hombres armados preguntaron por Ballen Jiménez y, al ver que se acercaba al lugar, lo esperaron, lo interceptaron y le dispararon indiscriminadamente. El crimen del hombre también habría sido ordenado por considerar que él iba en contravía de las ideas de la estructura ilegal porque había hecho parte de la UP.
Por este crimen, la Fiscalía estableció que entre los autores estaban Farit Motta González; y Javier Silverio Pineda Rodríguez, alias el Enfermero, quien fue el encargado de identificar a pobladores que, supuestamente, se oponían a la presencia de las AUC en la región. Por este homicidio, un juez penal de Melgar, en Tolima, condenó a estas dos personas a 30 años de prisión y, además, los declaró responsables del delito de homicidio en persona protegida. Ambas personas deberán responder por una multa de 2.000 salarios mínimos legales mensuales y deberán cumplir sus condenas en centro carcelario.