El general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, quien tuvo en el mes de enero de este año su última oportunidad de permanecer en la JEP si contaba la verdad sobre lo que ocurrió en la retoma del Palacio de Justicia el 6 y 7 de noviembre de 1985 durante una audiencia única de aporte a la verdad, fue expulsado finalmente de esa jurisdicción luego de que no cumpliera este requisito.

Así lo determinó la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP al establecer que las respuestas de Arias Cabrales durante esa audiencia no tuvieron como propósito alguno esclarecer un mínimo de verdad de los hechos por los cuales ya fue determinada su responsabilidad penal, desconoció la razón de ser de la construcción de la verdad en la JEP, y pasó por alto que la justicia ordinaria ya lo condenó como coautor de la conducta de desaparición forzada.

Es decir, no brindó información sobre el alistamiento y reacción inmediata del Ejército para repeler las acciones del extinto grupo guerrillero M-19, que tomó por las armas la sede del Palacio de Justicia de Bogotá, negó un hecho indiscutible, como lo fue el control que ejerció sobre los comandantes de las unidades de la XIII Brigada a su cargo, así como de otras unidades tácticas y de inteligencia desplegadas el 6 y el 7 de noviembre de 1985.

Lea aquí: Golpe a la banda Los Flacos, fue capturado uno de sus cabecillas y diez delincuentes más

Asimismo, la sala concluyó que Arias Cabrales tampoco detalló cómo fueron caracterizadas las víctimas, las razones para señalarlas como sospechosas, los traslados efectuados a otras instalaciones civiles y militares, la forma como fueron segregados los trabajadores de la cafetería del Palacio de Justicia y la razón de que no hubiese sobrevivientes de este recinto, como sí sucedió con los demás trabajadores y visitantes de otras dependencias del Palacio de Justicia.

“El general (r) Jesús Armando Arias Cabrales no tiene disposición en cumplir a cabalidad las prerrogativas de las víctimas, principalmente en el esclarecimiento significativo de la verdad, pilar fundamental de este sistema de justicia, configurándose en consecuencia una manifiesta y grave vulneración al régimen de condicionalidad, sin que exista justificación alguna de su actitud reticente con este compromiso, situación que no lleva a otra consecuencia que rechazar la prevalencia y competencia por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz para continuar conociendo del proceso ordinario por el cual resultó condenado por el delito de desaparición forzada”, explicó la JEP en su decisión.

Esta decisión acoge la solicitud de las víctimas de este caso, quienes tras finalizada la audiencia pidieron la expulsión de Arias Cabrales de la JEP por su falta de compromiso.

Por ejemplo, Sandra Beltrán Hernández, hermana de Bernardo Beltrán Hernández, una de las víctimas de esta retoma dijo en ese momento que Cabrales se acogió a la JEP, pero nunca dijo nada. “Las víctimas de este caso tienen nombres e historias, dejaron huellas imborrables en las vidas de todos nosotros, del país entero y de sus familias, y usted se ha tomado la atribución de acabar con su existencia física, pero jamás podrá borrar la memoria”.

Ahora y con esta decisión el proceso del alto oficial, condenado por el delito de desaparición forzada por estos hechos fueron remitidos al Juzgado 15 de Ejecución de Penas de Bogotá, con el fin de que el general (r) continúe cumpliendo con la sanción impuesta en su contra.

Arias Cabrales fue condenado por la Justicia ordinaria por el delito de desaparición forzada a 35 años de prisión por los hechos ocurridos los días 6 y 7 de noviembre de 1985 en la ciudad de Bogotá, relacionados con el asalto armado al Palacio de Justicia.

En 2020 la JEP aceptó su sometimiento por los hechos ocurridos en donde fungió como comandante de la Brigada XIII del Ejército Nacional, en el cual bajo su mando se desarrolló la operación militar.