Organizaciones defensoras de derechos humanos y representantes de víctimas que integran el Espacio de Litigio Estratégico presentaron a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, que excluyan al general Mario Montoya y al coronel Publio Hernán Mejía Gutiérrez.
La solicitud está argumentada por la figura de incidente de incumplimiento, que contempla la Ley Estatutaria de la JEP cuando agentes estatales que se han sometido a la jurisdicción para obtener beneficios a cambio de verdad, no cumplen a cabalidad con este propósito.
El coronel Publio Hernán Mejía Gutiérrez se sometió al JEP en junio de 2017 y obtuvo libertad transitoria y condicionada. Fue condenado a 19 años y purgaba la pena por concierto para delinquir, en hechos ocurridos entre enero de 2002 y enero de 2004, cuando era comandante del Batallón La Popa, adscrito entonces al Comando Operativo No. 7 y a la 2da Brigada de la 1ra División del Ejército.
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De acuerdo con el Colectivo de Abogados, según una decisión judicial, el coronel conformó un grupo especial denominado Zarpazo, responsable de 18 homicidios presentados como bajas en combate. Dentro de la solicitud de exclusión del Coronel se incluye también al sargento Andrade quien se acogió al tribunal de paz por los mismos hechos y en el mismo periodo, cuando fungía como jefe de inteligencia del Batallón La Popa.
Entre julio de 2019 y enero de 2020, Mejía Gutiérrez ha comparecido tres veces a la JEP a rendir versión voluntaria, mientras que el sargento Andrade compareció en una ocasión en septiembre de 2018.
"Ambos militares han insistido en no reconocer los hechos a pesar de ser mencionados y haber sido vinculados por estas conductas. Tampoco han realizado un relato que contribuya al esclarecimiento del fenómeno generalizado de los mal llamados falso positivos ni a las circunstancias en que ocurrieron", señalan los solicitantes.
La petición de las víctimas está fundamentada en el informe 'Y volveremos a cantar con los aires de la paz y el anhelo de justicia', entregado a la JEP en octubre de 2019 y donde se documentan 72 víctimas agrupadas en 34 casos de ejecuciones extrajudiciales, así como en cuatro informes detallados donde se revisan las versiones voluntarias de 75 integrantes del Batallón, de las cuales se concluye que ambos comparecientes tuvieron algún grado de participación o conocimiento, en razón de su pertenencia y funciones dentro de la Plana Mayor del Batallón 'La Popa'.
"Contradiciendo esta numerosa evidencia en casos como las 18 ejecuciones extrajudiciales cometidas por el pelotón Zarpazo o las ejecuciones de cuatro campesinos, en su versión voluntaria el sargento Andrade insiste en que no mató a nadie y que su labor se concentró en la parte administrativa y que no tuvo participación ni incidencia en la parte operacional, pese a ser jefe de la Sección de Inteligencia, y a haber estado en escenas de levantamiento de cuerpos donde tuvo acceso de primera mano a pruebas de simulación de combates", dice el documento de las organizaciones.
Respecto del coronel Publio Hernán Mejía, las víctimas dijeron que, en sus tres comparecencias, el oficial "ha posado" como víctima de un montaje político y judicial que lo tuvo doce años detenido.
"Montoya se burla de las víctimas"
Las víctimas también solicitan la exclusión del general Mario Montoya Uribe, quien se acogió al tribunal de paz en octubre de 2018, por 2.429 casos de ejecuciones extrajudiciales documentadas por la Fiscalía y remitidos a la justicia transicional, que se cometieron bajo su mando cuando era comandante del Ejército, entre marzo de 2006 y noviembre de 2008.
En su primera comparecencia ante la Sala de Reconocimiento de Responsabilidad de JEP, el 20 de febrero de 2020, el general (r) realizó afirmaciones discriminatorias culpando a la tropa de haber cometido estos asesinatos por ignorancia o ausencia de juicio moral, e incurrió en fraude a la verdad al expresar que no tuvo conocimiento de la existencia de ejecuciones extrajudiciales durante el ejercicio de su mando, que las denuncias por estos hechos solo se conocieron cuando culminaba su labor como comandante del Ejército, y que él no tenía ejercicio de mando y comunicación con todas las unidades.
Por el contrario, en el escrito de solicitud de exclusión, las víctimas prueban que desde el año 2006, Montoya Uribe había recibido denuncias de estos hechos por parte de la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo, el Comité de Derechos Humanos de la Gobernación de Antioquia, y hombres bajo su mando, así como por la Oficina de las Naciones Unidas.
Las víctimas también señalan que se ha documentado y probado que por lo menos el 36,25 % de las muertes reportadas como bajas en combate, eran hechos irregulares que encubrían ataques contra la población civil.
De igual forma, numerosas declaraciones y entrevistas del personal del Ejército Nacional dan cuenta de que Montoya Uribe se dirigía al conjunto de las unidades, a través de programas radiales o visitas a las unidades militares y desde allí presionaba a las tropas por resultados e incentivaba el incremento de muertes como un indicador para la evaluación de las unidades y sus comandantes.
Por lo anterior, las víctimas expresaron rechazo y consideran una burla y un fraude a la verdad el proceso de los uniformados en la jurisdicción. Afirman que constituye una violación al régimen de condicionalidad, por lo que le exigen a la JEP que abra un incidente de incumplimiento que lleve a su exclusión, con la consecuente pérdida de todos los beneficios.
La razón de ser de la justicia transicional es la realización del derecho a la verdad de las víctimas y la sociedad en su conjunto para lo cual los máximos responsables deben reconocer su actuación, develar todas las estructuras detrás de estos crímenes hasta llegar a quien dio la orden, para que crímenes como los asesinatos de jóvenes presentados como bajas en combate jamás se repitan.
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