El Ministerio de Asuntos Exteriores de España informó que a partir de este martes 27 de julio se establece una restricción general de entrada a ese país para viajeros de varias naciones, entre ellas Colombia, "con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19".

La medida, no obstante, incluye varias excepciones, entre las que se encuentran:

  • Ciudadanos españoles.
  • Cónyuges extranjeros de ciudadanos españoles.
  • Parejas de hecho de ciudadanos españoles.
  • Descendientes directos de ciudadanos españoles, de su cónyuge extranjero o su pareja de hecho que sean menores a 21 años.
  • Ciudadanos extranjeros residentes en España y demás países de la Unión Europea, así como Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Vaticano y Suiza que se dirijan a estos países.
  • Titulares de un visado de larga duración.
  • Personal de transporte, marinos y personal aeronáutico.
  • Personal diplomático.
  • Descendientes mayores de 21 años de ciudadanos españoles que vivan a su cargo.
  • Personas que acrediten motivos de fuerza mayor, situación de necesidad o humanitarios.
  • Personas que viajen en tránsito a su destino final y tengan su tiquete de conexión confirmado.

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El Gobierno de España subrayó que estas situaciones "deben acreditarse ante el funcionario de inmigración que realice el control de entrada en el aeropuerto de destino, siendo este funcionario quien tenga la última decisión sobre el ingreso del viajero en España".

Así mismo, recomendó consultar previamente con las compañías aéreas para no tener problemas a la hora de embarcar.

Quienes estén habilitados para entrar en territorio español deberán adelantar una cuarentena de 10 días, que podrá reducirse a siete si el viajero presenta una prueba PCR negativa el séptimo día de su aislamiento.