“Vamos a suspender las exportaciones de carbón a Israel hasta que detenga el genocidio”, escribió, en su cuenta de X, el presidente de la República, Gustavo Petro, en la mañana de este sábado 8 de junio.
El decreto establece la prohibición de exportaciones de las Hullas y Briquetas (Carbón), clasificadas por la subpartida arancelaria 2701.12.00.10.
La restricción no aplicará para las mercancías que, antes de la entrada en vigencia del decreto, estén amparadas con una Solicitud de Autorización de Embarque debidamente presentada y aceptada por la DIAN, o con un Formulario de Movimiento de Mercancías.
Ni tampoco aplica para las Sociedades de Comercialización Internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigencia del decreto, hubieren expedido el Certificado al Proveedor.
Según la memoria justificativa emitida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Colombia, como Estado parte de la comunidad internacional, ha ratificado tratados como la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, la Carta de las Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, comprometiéndose así con la protección de los derechos humanos.
El carbón, principal producto exportado a Israel por Colombia, se utiliza en actividades relacionadas con la fabricación de armas y el suministro energético, lo que podría contribuir indirectamente a la situación conflictiva en la región.