Gustavo Petro delira y agrede a diestra y siniestra logrando mantener la gente entretenida. Son pantallas que protegen su gestión descarriada y permiten el sigiloso avance en el Congreso de sus propuestas inconvenientes, muchas veces opuestas al interés general. Tal es lo que sucede con el proyecto de ley tramitado por estos días en el senado para establecer las competencias de la jurisdicción agraria y sus procedimientos.

La cuestión agraria debe abordarse porque en el campo subsisten esquemas de apropiación territorial improductivos que perpetúan la pobreza, mientras el mandato constitucional es claro en cuanto a los límites del derecho de propiedad como función social que implica obligaciones.

Pero las transformaciones en esta materia tienen que respetar la normatividad sobre derechos adquiridos y ser viables económicamente o de lo contrario el remedio resultará peor que la enfermedad. En otras palabras los propietarios afectados requieren garantía de justa indemnización, mientras quienes resulten beneficiados con la tierra necesitan contar con la seguridad de que no quedarán abandonados a su suerte esto es sin créditos, ayudas tecnológicas, insumos, sistemas de comercialización y sustentación de precios.

Como lo demuestran los intentos del pasado hay que entender que la democratización de la propiedad agraria es un proceso cuyo costo es mucho más alto que él los terrenos involucrados y solamente habrá éxito si se planifica y financia de manera integral. Hacerlo a las volandas sin cumplir las condiciones anotadas no pasará de ser un intento electorero que generará campesinos en la miseria y la frustración, dispuestos a vender las parcelas a cualquier precio, mientras los antiguos propietarios se radicalizan por el desconocimiento de sus derechos. Los motivos de preocupación sobre el proyecto en curso son graves y variados:

Las diferencias y litigios de cualquier naturaleza vinculados incluso remotamente a la producción agrícola pasan al conocimiento de los jueces agrarios. Estos apenas conocerían de manera limitada lo referente a la propiedad de la tierra, pero tendrían poder para inmiscuirse en las compras y ventas de toda clase de elementos, servicios públicos, seguros, asuntos comerciales y de familia, etc.

Paralelamente, lo que debería ser ineludible en la función de los jueces se traslada a una entidad del gobierno, la Agencia Nacional de Tierras, que depende del Ministerio de Agricultura. Estamos hablando de que esta dependencia podría asumir asuntos tan impactantes como la aclaración de la propiedad y los títulos, la definición de linderos, la posible expropiación, etc. Piénsese lo que esta herramienta implica al ser usada por funcionarios tiznados de prejuicios ideológicos, consideraciones electoreras o simple corrupción como son muchos de los que hoy pululan.

El proyecto promueve la ocupación ilegal de tierras, ya que limita las competencias de todas las autoridades para evitar su invasión. Tal es así porque una vez se inicie cualquier actividad productiva sobre los usurpados no se podrá perturbar a los ocupantes.

Los trámites propuestos por el proyecto de Jurisdicción Agraria no garantizan el debido proceso al conferir presunción de veracidad a lo planteado solamente una de las partes: la que en términos socioeconómicos se considere más débil.