Este viernes el Consejo de Estado dio a conocer que sus magistrados decidieron dejar en firme el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de noviembre del 2023, en el cual anulaban el nombramiento del actual embajador de Colombia en México, Álvaro Moisés Ninco. Por lo tanto, a pesar de la decisión del tribunal en ese entonces, el diplomático ha seguido ejerciendo su cargo hasta hoy.
En ese sentido, la Sección Quinta del tribunal rechazó los argumentos presentados por el diplomático en la petición de nulidad que tenía como fin mantenerse en el cargo, la cual fue apoyada tanto por la Presidencia de la República como por la Cancillería.
“La Alta Corporación concluyó que con la expedición del decreto acusado, se desconoció el procedimiento establecido en el artículo 2.2.13.2.3 del Decreto 1083 de 2015, puesto que el Ministerio de Relaciones Exteriores no evaluó los comentarios presentados por el sindicato Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular, y no cumplió con el término de los tres días calendario para la publicación de la hoja de vida del candidato, antes de proferirse la designación de Ninco Daza, como embajador extraordinario y plenipotenciario, razón por la cual, se confirmará la sentencia apelada”, señaló el Consejo de Estado.
En ese sentido, el tribunal evidenció que hubo una violación al derecho de participación ciudadana, debido a que el Gobierno Nacional no realizó una evaluación antes del nombramiento en cuanto a las observaciones que presentó el sindicato UNIDIPLO, ya que el Consejo de Estado asegura que es de suma importancia la evaluación de los comentarios que presenten distintos ciudadanos antes de que se haga el nombramiento.
Cabe recordar que la Presidencia y el Ministerio de Relaciones Exteriores habían advertido que la hoja de vida del funcionario se había actualizado de la manera debida en la página web con el fin de cumplir los requisitos y que en ese mismo no se encontraba experiencia profesional relacionada con la diplomacia, debido a un supuesto error técnico que hubo.
“Expresó que el señor Álvaro Moisés Ninco Daza no pertenece a la carrera diplomática y consular, no acreditó títulos de pregrado en una disciplina académica y de posgrado, como tampoco cuenta con experiencia profesional relacionada para ser embajador extraordinario y plenipotenciario, código 0036, grado 25″, agregó el documento del magistrado ponente, Omar Joaquín Barreto sobre los argumentos que presentó en una demanda la ciudadana Adriana Marcela Sánchez.
Por otro lado, Ninco Daza tiene abiertas tres investigaciones disciplinarias por parte de la Procuraduría General, la cual una de ellas es por presuntos malos tratos y comentarios ofensivos hacia sus subalternos.