Un nuevo pulso judicial ganó el senador Gustavo Bolívar, luego de que este jueves el Consejo de Estado determinara negar la demanda de pérdida de investidura.
Bolívar era acusado de incurrir en conflicto de intereses por haber participado en el trámite de aprobación de una reforma tributaria, que estableció mecanismos de alivio a los deudores del sistema tributario, cambiario y aduanero.
A pesar de que Bolívar había dado a entender inicialmente que la demanda había sido interpuesta por la firma del abogado Abelardo De la Espriella, poco después reveló que quien había iniciado el proceso fue el jurista Hollman Ibáñez Parra, asociado a De La Espriella Lawyers Enterprise.
Ibáñez Parra actuó en nombre propio en esta ocasión, según explicaron desde la jefatura de prensa de De La Espriella.
Según la demanda, el congresista participó en el trámite de un proyecto de ley que contenía beneficios tributarios que le favorecían, sin haber manifestado ningún impedimento (proyecto de Ley 278/19 Cámara – 227/19 Senado, que a la postre se convirtió en la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019).
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El abogado litigante indicó que gracias a esta modificación legislativa, el parlamentario pudo acogerse a un acuerdo para la terminación de procesos administrativos a cargo de la Dian, para ponerse al día en sus obligaciones sin tener que pagar intereses.
Así mismo, Ibáñez Parra sostenía que el congresista tenía plena consciencia de que se beneficiaría de la iniciativa y que, por esa razón, debía declararse impedido.
No obstante, el Consejo de Estado determinó que no está demostrado que Bolívar hubiera incurrido en la causal de conflicto de intereses.
El alto Tribunal concluyó que no se probó que, con su participación en la aprobación del proyecto de ley, el parlamentario hubiera perseguido algún beneficio para sí, su cónyuge, compañero o compañera permanente, o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad.
Por estas razones, el Consejo de Estado negó la solicitud de pérdida de investidura. Aclaró que las normas aprobadas contienen mandatos de carácter general, para toda la población, de los cuales no puede predicarse una ventaja particular para congresistas, sus familiares o allegados del cual no puedan beneficiarse los demás ciudadanos.
Además, agregó que el senador se declaró impedido para participar de este debate, pero este fue negado por la Comisión Tercera y la Plenaria del Senado. "Esto le impedía sustraerse de su deber de hacer parte del proceso de formación de la ley, so pena de incurrir en una violación de sus deberes constitucionales y legales".
La alta Corte aseguró que tampoco puede desconocerse que, luego de habérsele negado el impedimento, el legislador presentó una proposición conjunta para su archivo, por considerarlo inconveniente para las finanzas de la Nación y, en todo caso, votó negativamente el proyecto.