El Consejo de Estado determinó que el nombramiento de Diego Molano como ministro de Defensa fue nulo porque no cumplió la Ley de género.
El fallo ratificó la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que declaró nulo el nombramiento porque no cumplió con la obligación de que en el gabinete hubiera por lo menos cinco ministras.
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Según la demanda presentada contra la designación de Molano, en ese momento había solo cuatro mujeres, lo que representaba un 27,7% y no el 30% exigido por la ley.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca accedió a las pretensiones y declaró la nulidad del acto demandado. No obstante, La parte demandada presentó recurso de apelación, con el fin de que se revocara la sentencia para finalmente el Consejo de Estado ratificó la decisión interpuesta por el Tribunal.
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La sala concluyó que “(…) en los casos en los cuales el cálculo del 30% de la cuota de género dé como resultado un número entero seguido de un decimal, independiente de que el decimal sea menor o mayor a punto cinco (0.5), la cifra debe aproximarse al número entero siguiente que permita cumplir dicho porcentaje y no al inferior”.
Aunque el fallo ya no se aplicará, pues Molano ya no se encuentra en el cargo, sí deja un precedente sobre la obligatoriedad de la Ley de Cuotas y el número mínimo de ministras que debe haber en el gabinete.