Los contratos de prestación de servicios han generado controversias en el país, al punto que la nueva ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, se ha pronunciado sobre el tema en reiteradas oportunidades tras su llegada al cargo.

La invitación de la actual titular de la cartera es revisar de fondo el tema, pues son varios los detalles que deberían tenerse en cuenta, ya que, en palabras de la ministra, “van en contravía de lo que es el salario decente”.

Las cifras permiten ver que, por ejemplo, en mayo de 2022, más de dos millones de personas cotizaron en su seguridad social como independientes, lo que quiere decir que una buena parte de ciudadanos se emplean bajo la modalidad de un contrato por prestación de servicios.

Una de las principales características es que el empleador no debe pagar las prestaciones sociales del trabajador, así como tampoco vacaciones remuneradas y ni primas. La base de cotización para ellos es completa, lo que equivale a cerca del 40 %, que se deducen en pensión y salud.

Bajo el argumento de que la modalidad por prestación de servicios no brinda garantías suficientes para el trabajador es que la ministra Ramírez está diciendo que este, paulatinamente, debe ir desapareciendo.

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“Que un trabajador o una trabajadora sepa que se va hacia allá y que un empleador sepa que cuando va a generar un trabajo, tiene que generarlo con unos mínimos niveles de estabilidad, en vez de poner tres o cuatro, que coloque uno, pero bien. Avanzamos, aumentamos empresas, las consolidamos, pero sin precarización laboral”, señaló la jefe de la cartera laboral.

Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, considera que, más que eliminar esta modalidad, lo que debe hacerse es trabajar en que se cumpla la norma y que este tipo de contratación no se convierta en una excusa para no pagarles debidamente a los trabajadores.

El académico subrayó que en el sector público se presentan todo tipo de irregularidades en relación con contratos de prestación de servicios.

“La muy frecuentada, pero poco cumplida, sentencia 614 de 2009 ya indicaba que no se puede recurrir a órdenes de prestación de servicios para el desempeño de actividades que se enmarquen en lo permanente de las entidades. Por esta vía se han abierto problemáticas como corbatas o nóminas paralelas. Se calcula que hay encubiertos en el sector público unos 1.200 trabajadores por prestación de servicios”, dijo.

Aunque también reconoce que en el sector público se ha creado en enjambre de inconsistencias que desembocan en corrupción, Stefano Farné, director del Observatorio Laboral de la Universidad Externado, señaló que una posible eliminación de la figura de prestación de servicios provocaría complicaciones burocráticas, pues desde Función Pública tendrían que emitirse autorizaciones para contratar personal.

Lo que sí es cierto es que la ministra está preparando una reforma laboral que, junto a la eliminación -o, cuando menos, transformación- de la figura de contratación por prestación de servicios, tiene otros estandartes con los que se busca brindarles más garantías a los trabajadores.

“Vamos a trabajar una reforma de largo aliento que cambie el sistema de contratación, porque eso no solamente ha sido una precarización, sino que violenta claramente lo que Colombia ha firmado internacionalmente que es el convenio de la OIT, donde se nos plantea que vamos hacia el trabajo digno y decente. Vamos a revisar y a trabajar para que en todo el país, en una mesa de diálogo social y una mesa de concertación, nos pongamos de acuerdo y vamos dignificando y avanzando hacia el trabajo decente”, dijo en medios de comunicación.

Farné fue claro en que no todo contrato por prestación de servicios es precario pues, sobre todo en el sector público, hay contratos que superan los diez millones de pesos. Para él la transformación de esta modalidad solo representaría un aumento notable en la calidad de contrato de cualquier trabajador en el país.

Para Michael Ortegón, decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de Uninpahu, el efecto que la eliminación o modificación de esta figura puede tener sobre las empresas colombianas es relativo.

Explica que todo depende de la capacidad productiva de las mismas y de qué tan costoso les resulte contratar a alguien por prestación de servicios o hacerlo dentro de la nómina de la compañía. Explicó que esa dinámica hace parte de las funciones regulatorias del Estado sobre la economía y los mecanismos de contratación.

Añadió que las empresas que no estén en condiciones de pagar prestaciones como podría llegar a ocurrir terminarían con menos personal en sus filas o derrumbándose por falta de productividad y capital.

Por último, Jaramillo considera inviable la eliminación de estos contratos pues “amalgama relaciones civiles y comerciales necesarias para la sociedad y que se explican como el derecho romano como el arrendamiento de servicios; creo que hay que buscar las formas idóneas para vigilar y mejorar la aplicación de dinámicas, evitando que se encubran otro tipo de relaciones laborales. Debe hacer políticas públicas de intervención capaces de disuadir la mala utilización de este tipo de herramientas, que son jurídicamente admisibles”.