El pasado viernes se celebró el Día Nacional de las Víctimas, fecha que coincidió con los diez años de la entrada en vigencia de la Ley 1448 del 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, creada para brindar atención, asistencia y reparación integral a quienes han padecido el conflicto armado en el país.
Quizá uno de los mayores avances en beneficio de esas víctimas ha sido lograr que a más de 70.000 personas se les haya restituido las propiedades que en su momento perdieron por cuenta del despojo, del desplazamiento o amenazas de organizaciones armadas que se quedaron con sus tierras, animales y viviendas.
La persona que ha estado en los últimos años al frente de la Unidad de Restitución de Tierras es el abogado Andrés Castro Forero, quien hizo un balance del que ha sido uno de los programas bandera en cuanto al beneficio ofrecido a quienes padecieron esa violencia armada.
¿Qué resultados deja la ley 1448 diez años después de promulgada?
Nosotros en Restitución de Tierras resolvemos aquellos casos donde los campesinos, las comunidades étnicas (indígenas y afrodescendientes) perdieron sus tierras por fenómenos como el despojo, el abandono forzado o se vieron obligados a desplazarse de manera masiva de sus territorios. Es un proceso técnico complejo, pero que en últimas lo que busca es reparar de manera integral a esas víctimas. En estos diez años, a través de esta política se han restituido del orden de 400.000 hectáreas de tierra en el país. Eso representa, en beneficiarios de restitución, unas 73.000 personas.
¿Qué aspectos comprende esa integralidad de la reparación?
Más allá de resolver el tema de la propiedad privada o colectiva, si estamos hablando de comunidades colectivas, esto tiene unos mecanismos de reparación que son la implementación de proyectos productivos que concertamos con los beneficiarios, hacemos un acompañamiento y brindamos una asistencia técnica durante dos años, esto viene acompañado de solución de vivienda, tiene que ver con la provisión y la dotación de bienes públicos, entre otros. Entonces digamos que de alguna manera se tiene que generar una transformación en los territorios y un cambio de vida para ellos.
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Para efectos de restituir las tierras, ¿a quién se entiende como víctima?
Son víctimas quienes tenían la condición de propietarios, de ocupantes, de poseedores de predios y fueron despojados; se vieron obligados a vender sus tierras o abandonaron de manera forzosa por la violencia en sus territorios. Lo que nosotros hacemos es acoger esas personas, tramitar un proceso técnicamente complejo porque hay que hacer estudios topográficos, levantamientos catastrales, recaudo de pruebas y nosotros mismos vamos a esos territorios y hacemos los documentos de análisis de contexto que permiten establecer cómo fue la violencia en esos territorios, qué grupos ilegales hacían presencia y eso lo confrontamos con la solicitud o la declaración que presenta un solicitante y si se valida, inscribimos ese predio en el registro de tierras y predios abandonados o despojados forzosamente.
¿Qué viene después del registro?
Eso da lugar es a que se presente ante un juez la respectiva demanda de restitución; nosotros como unidad asumimos la representación judicial de la víctima, nos volvemos sus apoderados, los acompañamos en todo el trámite, donde se vuelve un proceso ya contencioso de su litigio.
¿Qué dificultades han tenido para la aplicación de la ley?
Como este es un proceso de justicia transicional que establece verdad, justicia, reparación integral y no repetición, nosotros no ingresamos a adelantar los trámites en restitución a los territorios sino con el aval de la Fuerza Pública. Es decir, tenemos que tener una articulación desde el punto de vista institucional tanto con el Ministerio de Defensa como con los comandantes de la Fuerza Pública para definir en qué condiciones está el tema de orden público y de seguridad en esos territorios y definir ese ingreso. Nosotros ya hemos tramitado o habilitado con la Fuerza Pública el 85% del territorio nacional. Es decir, en los primeros diez años de esta ley se avanzó bastante en la etapa administrativa del proceso de restitución.
La vigencia de la le se extendió por diez años más. ¿Qué planean hacer desde aquí hasta el 2031?
Desde el punto de vista administrativo ya recepcioné el número que se había estimado o calculado de solicitudes. Hoy en día estamos en cerca de los 130.000 y pueden llegar unas 20.000 más y digamos que el grueso de las solicitudes se presentaron por allá en los años 2013 y 2014. Lo que va a seguir dentro del trámite del proceso es la instrucción que hace la unidad, definir si se inscribe en el registro y remitirles a los jueces para su conocimiento las demandas o los casos para que sean esos mismos jueces de la República quienes entre a definir si procede o no procede la restitución.
Yo tengo hoy en el registro, inscritas del orden de unas 700.000 hectáreas en la ruta individual; en la ruta que define la propiedad privada, la ruta campesina. Es ese el potencial que había para restituir tierras en el país de propiedad privada y tengo del orden de 3,5 millones de hectáreas inscritas en el registro que corresponden a territorios colectivos, es decir a la ruta étnica de restitución de tierras y si usted suma lo colectivo con lo individual, nosotros estamos por encima de tres millones de hectáreas que es lo que deben resolver los jueces cuando asuman el conocimiento de esos casos.
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¿Es alto el volumen de falsos reclamantes de tierra?
Si nosotros identificamos dentro de la instrucción del proceso que es esa situación, nosotros estamos en el deber y la obligación de remitir eso a las autoridades, en este caso a la Fiscalía. Yo no conozco que se hayan presentado casos masivos de falsos reclamantes, pero sí es obvio que se generen en los territorios muchas expectativas cuando ingresa el Estado a resolver esos casos y mucha gente pensará de manera temeraria que haya posibilidad de ganarse unas tierras o mucha gente que vendió de manera voluntaria y hoy en día quiere recuperar esas tierras; entonces de allí la importancia de que la instrucción del proceso sea lo más rigurosa, lo más técnica y objetiva posible para no ir a tomar decisiones equivocadas.
¿Quiénes han sido los mayores despojadores de tierra en Colombia?
Nosotros no establecemos responsabilidades sobre los actores; yo diría que el espíritu que animó al Congreso en su momento para expedir esta ley era más el de reconocer a las víctimas y repararlas de manera integral. Hay que ser claro, dentro de las declaraciones, ya cuando se formula la solicitud dentro del trámite de instrucción que hace la unidad, sí aparecen esos despojadores o esos autores materiales o intelectuales de esos despojos, pero nosotros lo que hacemos es validar esa información para remitirla a los jueces. Entonces no tengo una información estadística que me permita establecer cuantos vienen de la guerrilla, cuantos vienen de los paramilitares, cuantos vienen de los narcotraficantes.
¿Qué tanto han servido los predios del narcotráfico en regiones como el Valle del Cauca para restitución?
Nosotros tenemos en el Valle del Cauca dos predios que son muy significativos y sobre los cuales ya hemos hecho las compensaciones: uno es el de La Camila, que queda en el municipio de San Pedro, entre Buga y Tuluá, al lado de la autopista, y es un predio de 110 hectáreas que era del famoso ‘Hombre del overol’ (Orlando Henao Montoya) y allí nosotros ubicamos a beneficiarios de restitución que fueron compensados y tienen viviendas y un proyecto productivo de ají tabasco; ellos llegaron a un acuerdo de comercialización con la firma de Hugo Restrepo y están produciendo ya ají con el acompañamiento de la unidad.
El otro, se denomina La Gloria y está ubicado en el sur de Cali y perteneció al famoso Zarco (Héctor Urdinola) y esas tierras fueron entregadas al fondo de restitución y hoy en día ahí viven nueve familias que están implementando proyectos productivos. Entonces a nosotros sí nos han servido, pero lo que pasa es que tenemos que revisar bien la ubicación y las características de esos predios para ver si nos sirven en restitución de tierras, aunque no son unos volúmenes muy grandes.
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¿Cuántas familias se han beneficiado de la ley de Restitución de Tierras en el Valle del Cauca?
En el Valle nosotros tenemos un avance muy importante en cuanto a la restitución de tierras. De la ruta individual para propiedad privada son más o menos 8.500 hectáreas que están beneficiando a cerca de dos mil personas, mil de ellas mujeres, y en la ruta étnica, en la ruta colectiva, ha habido dos sentencias, una indígena en Florida, y otra que es la de Yurumanguí, en Buenaventura, que es de comunidades afro. Esas suman cerca de 60.000 hectáreas y allí estamos hablando de un poco más de cinco mil personas que han sido beneficiadas.
¿Qué hay pendiente para terminar el proceso en el Valle?
Gracias al Pdet logramos avanzar en Buenaventura, en Florida, en Pradera, pero fíjese que en el Valle del Cauca, en los diez años de la implementación de la ley, se han recibido cerca de 4800 solicitudes; habilitadas, es decir que ya cuentan con la microfocalización, hay cerca de 4700 solicitudes; a mí me faltan cien solicitudes para microfocalizar; las dificultades pueden estar más como en el trámite. Ya con trámite finalizado, yo tengo unas 4000 decisiones, entonces realmente lo que va a ocurrir es que yo termino la etapa administrativa y me concentro en lo judicial, es decir en el acompañamiento que se hace al a víctima ante el juez, y obviamente, lo más importante que es lo que genera el impacto para esas víctima que es ya el cumplimiento de órdenes. En eso el Gobierno actual ha sido muy responsable y estamos trabajando un documento de política pública, un documento Conpes que habla de la renovación de esa política y que busca los mecanismos de financiación.
Medidas
¿Qué es lo fundamental?
La medida primordial en reparación es la restitución material del bien; es decir, el retorno. Pero si no se puede dar ese retorno de la víctima por condiciones de seguridad, se puede hacer compensación en un predio equivalente que tenga el Estado para ofrecer.
¿Cómo se financia la ley?
Esta política tiene el amparo de la Corte Constitucional y no se pueden castigar los presupuestos de entidades que atienden a las víctimas porque son sujetos de especial protección. Por esa razón los recursos vienen fundamentalmente del Presupuesto General de la Nación y las ayudas de la comunidad internacional.