La Jurisdicción Especial para la Paz , JEP, rechazó el sometimiento del exescolta del asesinado excandidato presidencial Carlos Pizarro Leóngómez, tras considerar precario su aporte a la verdad.

“No se supera el umbral de verdad develado en la justicia ordinaria. Nada de lo que sostuvo en esta Jurisdicción es novedoso o desconocido en la jurisdicción ordinaria”, explicó la JEP.

Además la JEP explicó que Jaime Ernesto Gómez no mencionó a la víctima en su escrito "lo que denota una falta de compromiso con el aporte pleno a la verdad al cual está obligado”.

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Carlos Pizarro fue asesinado el 26 de abril de 1990 en un vuelo que lo llevaría con destino a Barranquilla, el hecho fue perpetrado por un joven sicario con una ametralladora en mano.

Es importante recordar que por este magnicidio cometido el 26 de abril de 1991, fueron condenados en 2002 los paramilitares Carlos Castaño Gil y Fidel Castaño Gil.

Este caso también fue admitido en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2019 y en su escrito de admisión, el organismo recordó que: “El Estado tiene la obligación de promover e impulsar el proceso penal y que, éste constituye una vía idónea para esclarecer los hechos, juzgar a los responsables y establecer las sanciones penales correspondientes”.