Por Redacción de Colprensa
La Corte Constitucional le puso punto final a la novela jurídica que se inició cuando se declaró nula la elección de Carlos Hernán Rodríguez como contralor general de la Nación.
La Sala Plena del alto tribunal determinó esta semana que el Congreso de la República deberá retomar el proceso de escogencia del cargo a partir del listado de 20 aspirantes que, en marzo del 2022, entregó la Universidad Industrial de Santander, UIS, después de haber adelantado la selección que ordena la ley y en la que se incluía el nombre del vallecaucano.
Como se sabe, el galimatías jurídico que tiene sin titular a la Contraloría General comenzó en mayo del año pasado, cuando la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró inválida la elección de Rodríguez por irregularidades en el proceso anterior a su escogencia por parte del Legislativo.
“Se variaron sin fundamento las reglas de la convocatoria pública”, aseveró ahora el presidente de la Corte, José Fernando Reyes, coincidiendo con la Sala Quinta en que las condiciones para la elección, reglamentadas desde enero de 2022, no debían alterarse “sustantivamente”, porque se generaban “desigualdades o privilegios”, en temas como la paridad de género.
Y es que después que la UIS envió los 20 elegibles, empezaron los líos judiciales, porque se interpusieron dos tutelas que alegaban que no se respetaron los criterios de equidad de género, y, posteriormente, dos tribunales le ordenaron al Congreso ajustar las listas de acuerdo con los reclamos.
El Legislativo procedió, pero con cuestionadas sesiones extras que terminaron en tres listas de elegibles “sin justificación alguna”, como reseñó la Sección Quinta del Consejo, y en una modificación sustancial de los requisitos en enero de 2023.
Por todas esas razones fue que, en su momento, el Consejo de Estado le ordenó al Congreso rehacer todo el proceso a partir de la convocatoria, que había comenzado con una resolución de enero de 2022.
Según esa sentencia, al anular el nombramiento de Rodríguez, se “desconocieron abiertamente los postulados consagrados en los artículos 126 de la Constitución Política y 6 de la Ley 1904 de 2018″, que regulan el proceso de elección del Contralor General.
A su vez, la mesa directiva del Legislativo se defendió asegurando que cumplía lo ordenado en los fallos.
Lo cierto es que ahora la Corte Constitucional determinó que la parte que adelantó la UIS estaba de acuerdo con la ley: “Hay ocasiones en que es advertible que el proceso de selección no está totalmente viciado, y eso fue lo que encontró la Corte”, apuntó el magistrado Reyes, quien, junto a sus compañeros del alto tribunal, resolvió una tutela interpuesta por Rodríguez.
Según este último, al anular su elección, la Sección Quinta del Consejo de Estado vulneró sus derechos fundamentales, por lo que elevó la acción judicial que fue fallada en su contra por la Sección Segunda de ese mismo alto tribunal, dando pie a que la Constitucional revisara el caso.
Entonces, contrario a la Sección Segunda del Consejo, la Sala Plena de la Corte sí amparó los derechos que Rodríguez alegó transgredidos, pero solo parcialmente, al no restituirlo en el cargo que de manera interina ocupa actualmente el vicecontralor, Carlos Mario Zuluaga.
Así, por unanimidad, de acuerdo con lo explicado por su presidente, los magistrados de la Constitucional revocaron la sentencia de la Sección Segunda y cambiaron la segunda orden que la Quinta impartió en mayo.
Precisamente, siguiendo la instrucción de entonces, el Congreso se disponía a escoger otra universidad para que acompañara la etapa académica del proceso de escogencia del nuevo Contralor General, pero en marzo pasado la Corte Constitucional le ordenó esperar hasta que se fallara de fondo la tutela interpuesta por Rodríguez.
Ahora, la instrucción es que, con las instrucciones definitivas, el Legislativo escoja al nuevo titular del cargo “a la mayor brevedad posible”.