Con el fin de simplificar el proceso para que más de un millón de jóvenes mayores de 24 años en Colombia puedan resolver su situación militar, se aprobó en cuarto y último debate el proyecto de ley con el que se aplicaría esta medida.
Así entonces, la inactiva propuesta por el representante, Alejandro Toro, del Pacto Histórico, pretende que esta situación militar se resuelva a través de una cuota de compensación única, que se fijará a partir de los ingresos mensuales de cada joven.
De esta manera, la iniciativa pasará ahora a conciliación para convertirse en ley, por lo que no habrá distinción de las condiciones para solicitar la definición de su situación militar.
“Son más de 700.000 personas, la mayoría de ellas de estratos 1, 2 y 3 que necesitan resolver su situación laboral y que se le está vulnerando su derecho”, precisó Toro.
El proyecto también estipula, la cuota única de compensación militar, para mayores de 25 años, que es una contribución ciudadana especial, pecuniarioa e individual, que se deberá pagar al Tesoro Nacional los jóvenes que no ingresen a las filas por superar la edad máxima de incorporación.
Respecto al valor de la cuota única de compensación militar, dice que para las personas con ingresos entre los dos y cuatro salarios mínimos, será de un salario mínimo vigente y para quienes cuenten con ingresos superiores, será de dos salarios mínimos.
La iniciativa resalta algunas excepciones, que son: “Estar matriculados o cursando estudios de educación superior, estudios técnicos o tecnólogos, con duración no inferior a 2 años, incluidos los programas de formación titulada en carreras tecnológicas expedidos por el SENA o entidades de educación superior acreditadas en alta calidad”, dice la iniciativa.
¿Cuáles son los requisitos?
- Los jóvenes deberán contar, a la fecha de la solicitud, con 24 años o más.
- Tendrán que presentar la correspondiente solicitud a través de la página web Gobierno en Línea o de manera presencial en cualquier distrito militar o de policía.
- Pagar la cuota única de compensación militar para mayores de 24 años.
Cabe mencionar que la iniciativa de Toro, también propone que el Gobierno Nacional, implemente la expedición de la libreta militar, que tendría los mismos efectos de una tarjeta expedida físicamente, así como también se eliminen trámites como el pago de multas, la expedición de documentos como el del ICA y los certificados catastral y de declaración de renta.
Casos por los cuales estaría exento de prestar el servicio militar obligatorio en Colombia
Ante la pregunta que surge en muchas personas y familias acerca del servicio militar obligatorio, es importante saber que la normatividad en Colombia plantea algunos casos en los cuales los hombres mayores de 18 años se encuentran exentos.
Para hacer esta solicitud se debe cumplir alguno de estos requisitos:
- Ser hijo único.
- Ser huérfano de padre o madre, y sostener con su trabajo a los hermanos menores o que no puedan laborar.
- Ser hermano o hijo de una persona que haya fallecido o terminado con alguna discapacidad por actos de servicio en las Fuerzas Militares.
- Los hijos de oficiales, suboficiales, soldados e infantes de marina, profesionales, agentes o integrantes del nivel ejecutivo; que hayan perdido la vida o padezcan discapacidad por actos de servicio.
- Los clérigos y religiosos según los acuerdos que se encuentran vigentes.
- Hombres casados que hagan vida conyugal o aquellos que acrediten la existencia de una unión marital que esté declarada legalmente.
- Personas con discapacidad física o psíquica.
- Los pertenecientes a comunidades indígenas.
- Personas transgénero.
- Víctimas del conflicto armado.
- Aquellas personas que se encuentren inscritas en el programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía General de la Nación.
- Desmovilizados de grupos armados.
- Objetores de conciencia.
- Padres de familia.
Se debe tener presente que en Colombia existen dos clases de libreta; de primera categoría que se concede a quienes hayan prestado servicio militar por un periodo mínimo de nueve meses, y la de segunda que es para aquellos que fueron exentos o no resultaron aptos.