La formulación de cargos por parte de dos magistrados del Consejo Nacional Electoral contra la campaña del presidente Gustavo Petro ha desatado un intenso debate sobre la competencia de esta entidad para investigar presuntas irregularidades.

Los magistrados Álvaro Prada y Benjamín Ortiz presentaron una ponencia de pliego de cargos el pasado 8 de mayo, acusando a la campaña del actual presidente por presuntas violaciones de topes y financiamiento con fuentes indebidas durante su carrera política.

Esta acción marca un precedente, ya que nunca antes el CNE había formulado cargos por superación de topes a un presidente en ejercicio. Aunque el CNE no puede sancionar directamente el presidente de la República, tiene la autoridad para investigar irregularidades en todas las campañas electorales.

No es el presidente quien está siendo directamente investigado, sino su campaña electoral y aquellos que administraron los fondos. | Foto: Foto Presidencia y foto SEMANA

¿CNE puede investigar al presidente?

Sin embargo, la postura de los abogados difiere en cuanto a la competencia del CNE para llevar a cabo esta investigación. Mauricio Pava, abogado de Gustavo Petro, afirmó a los medios el 8 de mayo que el CNE había cometido un error al tomar esta acción, ya que no era de su competencia investigar al presidente en ejercicio.

Pava argumentó que todas las denuncias en su contra debían ser asumidas por la Cámara de Representantes, siguiendo el precedente establecido por la Corte Suprema en casos anteriores. Por otro lado, hay abogados que sostienen que el CNE está facultado para investigar el incumplimiento de las normas que regulan la financiación de las campañas políticas, lo que podría constituir una violación constitucional.

La responsabilidad recae en el representante legal del partido o movimiento político, el tesorero y aquellos que manejaron los recursos de la campaña. En este sentido, no es el presidente quien está siendo directamente investigado, sino su campaña electoral y aquellos que administraron los fondos.

En caso de que el presidente Petro fuera vinculado a la investigación, podría enfrentar consecuencias legales si se demostrara que tenía conocimiento de las irregularidades y no tomó medidas al respecto. Según lo establecido en la Constitución Política, es responsabilidad del Congreso juzgar al presidente en tales circunstancias, como sucedió previamente en el caso de la investigación contra Ernesto Samper durante su mandato por la entrada de recursos del narcotráfico a su campaña.

La responsabilidad recae en el representante legal del partido o movimiento político, el tesorero y aquellos que manejaron los recursos de la campaña.

Legalidad de este asunto

El artículo 178 de la Constitución establece que la Cámara de Representantes tiene la facultad de investigar y acusar al presidente, mientras que el Senado se encarga de llevar a cabo el juicio correspondiente.

Por lo tanto, si el CNE encuentra evidencia de violación a la Constitución y las leyes electorales, debe remitir toda la documentación a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes. Sin embargo, primero se debe determinar si hubo violación a las normas en la campaña y luego evaluar si el presidente tuvo alguna responsabilidad.

En un escenario hipotético, si la Cámara determina que el presidente podría haber participado en la comisión de delitos, como falsedad, podría acusarlo. Si el Senado concluye que el Presidente tuvo conocimiento y autorizó la infracción de las normas de financiación de su campaña, Gustavo Petro podría ser destituido.

En ese caso, el asunto pasaría a la Corte Suprema de Justicia para el correspondiente juzgamiento penal. En cuanto a Ricardo Roa, estaría sujeto a las investigaciones ordinarias. Uno de los delitos electorales contemplados es la violación de topes, y las sanciones, según lo establecido en el artículo 396 del Código Penal, incluyen penas de prisión de cuatro a ocho años, multas de hasta 1.200 salarios mínimos y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Estas sanciones solo podrían aplicarse una vez que el caso haya pasado por la plenaria del CNE y se haya comprobado la comisión del delito. En cualquier caso, el resultado de la investigación del CNE no tendría efecto directo sobre el presidente a menos que se siga el proceso descrito anteriormente, que involucra a la Cámara y al Senado.

La carta del CNE que habría molestado a Gustavo Petro. | Foto: NO