Son varios los cambios que trae consigo la reforma pensional, uno de los proyectos más polémicos y debatidos del Gobierno del presidente Gustavo Petro y que entrará en vigencia a partir del 1 de julio del año 2025. Uno de los aspectos más importantes es el límite de tiempo que tienen las personas para decidir en qué fondo de pensiones cotizarán el excedente de sus aportes.
De acuerdo con el texto que fue aprobado en el Congreso, los ciudadanos que ganen más de 2,3 salarios mínimos, lo que equivale a 2.990.000 pesos en el presente año, tendrán la obligación de cotizar el excedente en un fondo privado de pensiones que sea de su elección.
Si bien la reforma entrará en vigencia desde la fecha mencionada anteriormente, hay algunos aspectos que ya están entrando en marcha, como es el caso de este tema, algo muy importante de cara al futuro de las personas.
En ese sentido y según quedó establecido en el decreto, desde el pasado 16 de julio del 2024 inició el plazo con el que cuentan los afiliados para elegir el fondo en el que quieren enviar el excedente de sus cotizaciones. Este tiempo se extenderá por seis meses, lo que se traduce en que el 16 de enero del siguiente año será la fecha límite.
Andrés Velasco, presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos), explicó la importancia de que los afiliados analicen detenidamente cuál será su elección y la hagan lo más rápido posible, con el fin de evitar cualquier inconveniente que se pueda llegar a presentar.
“La ley dio seis meses para que eligieran en dónde quieren que se hagan las contribuciones a la parte complementaria del régimen contributivo”, señaló.
Velasco agregó: “Va a ser corto tiempo y no queremos poner a la gente a correr, sino que tomen esa decisión importante con calma”.
En el caso de que la persona por algún motivo no escoja el fondo en el que quiere realizar este proceso antes de la fecha límite, sus recursos se asignarán de manera aleatoria por medio de un mecanismo que determinará el Gobierno nacional. No obstante, la ley establece que los cotizantes, si lo desean, pueden trasladarse entre fondos cada seis meses, es decir, no se deberá quedar toda la vida en uno solo.