Efraín Cepeda, el presidente del Senado, en compañía con otros congresistas, sancionó la ley que impone un freno a la inmovilización de motos y carros por infracciones menores, la cual había objetado el presidente de la República, Gustavo Petro.

La iniciativa se presentó como una medida para equilibrar las condiciones y sanciones que enfrentan los motociclistas y conductores de vehículos en el país.

“Saldamos una deuda de equidad con los motociclistas del país. Hoy como presidente del Congreso sancioné la ley que acaba con las inmovilizaciones de motos por infracciones menores, generando con ello una mayor equidad frente a la normatividad que rige a los conductores de carros. El compromiso en adelante es avanzar hacia una mayor responsabilidad como conductores que contribuya a la seguridad vial”, afirmó Cepeda.

En ese sentido, el senador Gustavo Moreno, otro de los autores del proyecto, enfatizó que “sancionada la Ley de Igualdad Sancionatoria para motos y carros es una realidad. Así estamos acabando con el negocio de las grúas y parqueaderos que tenía azotadas a los ciudadanos que trabajan en el día a día y les salía más costoso sacar sus motos de los patios que volverlas a comprar”.

Presidente del Senado sancionó ley que acaba con inmovilizaciones a motos por infracciones menores | Foto: El País

La ley dispone que aunque se eliminen las inmovilizaciones, los conductores seguirán recibiendo las multas correspondientes por infracciones de tránsito. Asimismo, busca “igualar las causales de inmovilización entre conductores de vehículos y motocicletas”.

Estas serían las infracciones menores que no tendrían inmovilización

Esta iniciativa busca modificar la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre. De hecho, busca incidir en los artículos 135 y 136, los cuales especifican los términos de las inmovilizaciones.

En ese sentido, estas serían las infracciones que no tendrían inmovilización, pues son consideradas como menores:

  • Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
  • No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
  • Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
  • Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
  • Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.

“Más del 92% de las motocicletas en Colombia son herramientas de trabajo. No puede ser que un motociclista, al igual que un conductor de vehículo, cometa una infracción y sea doblemente penalizado con la inmovilización de su moto, un gasto adicional que afecta su economía”, precisó el senador liberal, Alejandro Vega.

Asimismo, Vega hizo hincapié en la importancia de garantizar la equidad para los motociclistas. “Esta ley es una garantía de equidad y justicia para los motociclistas, quienes son una parte esencial de la economía colombiana. Es hora de eliminar esa trampa de pobreza que se generaba cuando un trabajador veía inmovilizada su moto y quedaba sin medios para continuar produciendo”, agregó.