Tras más de un mes de espera, el gobierno nacional por medio de sus ministros de Justicia e Interior, Iván Osuna y Alfonso Prada, respectivamente, y con el apoyo de la bancada del Pacto Histórico, se radicó ante el Congreso de la República el proyecto de ley de sometimiento a grupos delincuenciales distintos a las guerrillas.
La iniciativa, denominada por el Ejecutivo como 'Por la cual se establecen mecanismos de sujeción a la justicia ordinaria, garantías de no repetición desmantelamiento de estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto y se dictan otras disposiciones', hace parte del paquete de normas que el gobierno de Gustavo Petro está incluyendo en la llamada paz total que espera conseguir para el país.
Al presentar el proyecto el ministro Osuna, manifestó que “contiene una oferta generosa por parte del Estado colombiano a esas estructuras criminales de alto impacto para que si se entregan, confiesan sus delitos, entregan sus bienes, entregan la información sobre sus patrones criminales y reparan a las víctimas, el Estado les entregue un tratamiento penal más benigno que el ordinario, todo con la finalidad de que podamos vivir en una paz completa".
Precisó que la ley plantea que será la justicia ordinaria y no una especial la que llevará los casos de sometimiento, “tanto con la Fiscalía General de la Nación como con los jueces y magistrados”.
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Planteó que “la paz se construye con distintas estrategias y esta es una de ellas, que apunta específicamente a unos grupos criminales que han alterado la convivencia pacífica desde hace algún tiempo".
Por su parte el ministro del Interior, Alfonso Prada Gil, precisó que “es una sujeción, no una negociación de paz. Aquí estamos frente a organizaciones, estructuras del crimen que se mueven en la economía ilegal, por eso no hay diálogo ni negociación. No hay ningún tipo de diálogo ni ningún tipo de prebenda al narcotráfico”.
El presidente del Senado, Roy Barreras, quien anunció que el gobierno le dará mensaje de urgencia a esta ley, consideró que de esta forma se “acaba con todo tipo de especulaciones y negociaciones clandestinas que nunca fueron autorizadas y que pretendían negociar las leyes en las calles. Las leyes se hacen en el Congreso, de cara a la ciudadanía". Tanto Barreras como el presidente de la Cámara, David Racero, coincidieron en que la ley no dará estatus político a este tipo de grupos. Según Racero, “este proyecto no reconoce estatus político en el procedimiento mismo de los mecanismos de sujeción a la justicia ordinaria".
Quien también en todo el proceso de construcción del proyecto fue el senador Iván Cepeda Castro, quien destacó que la ley “no brinda ninguna clase de impunidad, como podrán verlo a través de las penas que se ofrecen a consideración del Congreso, pero al mismo tiempo deja un margen para que estos grupos puedan someterse a la justicia. Establece claramente la diferencia entre los grupos de carácter político con los cuales se negocia, como es el caso del ELN, y las estructuras que están ligadas al narcotráfico y a la minería ilegal como única forma de actuación".
El ABC de la reforma
En la ley se llaman estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto a las organizaciones criminales conformadas por un número plural de personas; que se encuentren organizadas en una estructura jerárquica y/o en red; que se dediquen a la ejecución permanente o continua de conductas punibles; Que se enmarquen en patrones criminales que incluyan el sometimiento violento de la población civil de los territorios rurales y urbanos en los que operen y que cumplan funciones en una o más economías ilícitas.
No hacen parte de este tipo de grupos y organizaciones, las que son armadas rebeldes que poseen carácter político, con las cuales el Gobierno adelanta diálogos o conversaciones de paz.
Las penas de cárcel, que deberán pagar, van de seis a ocho años, que dependerán del grado de responsabilidad individual, sin derecho a detención domiciliaria, libertad condicional, permiso de 72 horas, ni redención de penas por trabajo o estudio; y un periodo de cuatro años de componente restaurativo con mecanismos de vigilancia y monitoreo, extramural, con participación en programas de justicia restaurativa y de reintegración.
Se incorpora además que las penas impuestas con anterioridad a la sujeción a la justicia a jefes o cabecillas de las estructuras criminales de alto impacto se acumularán y serán sustituidas por la que se les imponga, de acuerdo con los planteado en la iniciativa.
El procedimiento se dará en tres etapas acercamiento, conversación y términos de sujeción; procesamiento; y, cumplimiento.
Serán causales de pérdida individual del tratamiento penal y de aplicación de las penas ordinarias, retornar a las armas; ser condenado por delitos dolosos cometidos con posterioridad a la suscripción del acta individual de sujeción a la justicia y garantías de no repetición; involucrarse en algún tipo de economía ilegal, en cualquiera de sus etapas de operación; no cumplir con las obligaciones para mantener el tratamiento penal, ni la verificación de las mismas; no cumplir, de manera reiterada e injustificada, con la participación en programas de justicia restaurativa y de reintegración.