El Ministerio de Salud emitió la circular 012 de 2024 para proteger los derechos de los residentes médicos ante el fallecimiento de la doctora Catalina Gutiérrez. Dentro de este informe es con el fin de implementar medidas que busca regular las jornadas laborales de los residentes.
Ante esto, el límite de turno en las que los residentes médicos podrán seguir laborando es de 12 horas consecutivos, así asegurando que no se supere las 66 horas semanales. Adicionalmente, se menciona que deben de recibir descansos adecuados para garantizar su recuperación física y mental.
Cindy Rodríguez, presidenta de la Asociación Nacional de Internos y Residentes, Anir, ha respondido de manera positiva ante esta iniciativa, señalándola como un gran avance. Sin embargo, expresa su preocupación ante la falta de especificaciones sobre cómo se aplicarán sanciones a las instituciones que no sigan esta normativa, resaltando la importancia de implementar mecanismos efectivos de vigilancia y cumplimiento.
“Nos parece que esto es un gran paso, pero aún falta más trabajo, como definir claramente cómo se castigará a las instituciones que no cumplan con esta normativa”, así lo indicó Cindy Rodríguez en medio de una conferencia de prensa.
Asimismo, Anir expresó que ahora los médicos rurales tienen estos derechos, pues de acuerdo con la asociación, han estado desprotegidos en muchos de sus ámbitos laborales. Esta ampliación de derechos emitida por el ministerio de salud representa un avance importante en la equidad laboral dentro del sector médico, pues así lo destacó Rodríguez.
Dentro de la circular se puede leer lo siguiente:
“La Ley 1917 de 2018 creó el Sistema Nacional de Residencias Médicas en Colombia, que establece un apoyo de sostenimiento educativo mensual no inferior a tres salarios mínimos mensuales legales vigentes, correspondiente a la cifra de $3.900.000 para la vigencia 2024, que beneficia actualmente a 6.336 residentes.
Así mismo, la citada norma tiene por objeto garantizar las condiciones adecuadas para la formación académica y práctica de los profesionales de la medicina que cursan programas de especializaciones médico quirúrgicas, y odontólogos que adelantan especialización en cirugía oral y maxilofacial (Residentes), como apoyo al Sistema General de Seguridad Social en Salud y como mecanismo para procurar la calidad y pertinencia en la formación especializada de estos profesionales.
El Sistema Nacional de Residencias Médicas se concibió como el conjunto de instituciones, recursos, normas y procedimientos que intervienen en el proceso de formación de los profesionales médicos y odontólogos que cursan un programa de especialización médico quirúrgica o maxilofacial, cuya práctica formativa se desarrolla dentro del marco de la relación docencia-servicio existente entre la Institución de Educación Superior IES y la Institución Prestadora de Servicio de Salud (Artículo 3. Ley 1917 de 2018).
Dado que la educación médica de especialistas involucra prácticas en ambientes de prestación de servicios con pacientes, se reguló la relación docencia-servicio que corresponde al vínculo funcional entre la Institución de Educación Superior (IES) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS que hacen las veces de escenario de práctica donde el residente adelanta sus prácticas formativas en el marco del Sistema Nacional de Residencias Médicas. Los escenarios de práctica donde se realiza la mayor parte de la rotación de prácticas se denomina escenario base, la Ley 1917 de 2018 establece la condición para suscribir el contrato para la práctica formativa del residente celebrado entre la IES, el escenario base y el residente (Artículo 5 Ley 1917 de 2018).