Tras la venta de un vehículo de segunda o cuando se decide cambiar de dueño, un trámite fundamental es el traspaso automotor, por lo que los propietarios que lo realicen durante este año en Bogotá deberán pagar entre $114.700 y $200.000, de acuerdo con las nuevas tarifas publicadas por la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá.

Por lo general, los traspasos de vehículos se presentan cuando una persona decide vender su moto o carro y encuentra un comprador.

En particular, el trámite para traspaso de motos costará $114.700. Mientras que el traspaso de carros, maquinaria agrícola industrial, maquinaria de construcción autopropulsada y no automotor, remolques y semirremolques costará $200.000.

La venta de motocicletas de segunda es un mercado muy rentable en Colombia.

Tenga en cuenta estas recomendaciones antes de dirigirse a un punto de atención de la VUS. En primer lugar, haga el trámite de forma persona, no utilice intermediarios.

Requisitos:

  • Tener el formulario de Solicitud de Trámites del Registro Nacional Automotor diligenciado correctamente.
  • Llevar el contrato de compraventa, documento o declaración en la que conste la transferencia del derecho de dominio del vehículo.
  • Tener el SOAT vigente incorporado en el RUNT.
  • Acudir con documentos de identidad originales. Mayores de edad con cédula de ciudadanía. Menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña.
  • Extranjeros mayores de edad: acudir con cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.
  • Que el vehículo tenga la revisión técnico-mecánica al día, incorporada en el RUNT.
  • El comprador y vendedor deben estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
Al año se realizan miles de trámites por traspaso de motos de un propietario a otro.
  • Pagar los derechos del trámite de traspaso.
  • Haber pagado los derechos de la Retención en la Fuente.
  • En caso de que el propietario sea persona jurídica, se debe anexar la copia del certificado de existencia y representación legal, con vigencia no mayor a treinta (30) días.
  • Tenga en cuenta que si adelanta el trámite a través de un tercero, el representante debe estar registrado en el sistema RUNT y, además, debe presentar poder especial (mediante notaría) que lo autoriza a realizar la gestión.