A pesar de que el Código Civil establece que no es persona el no nacido, la protección de los derechos de los no nacidos es una prioridad para el Estado, según lo establece la legislación colombiana vigente.
Los alimentos comprenden la obligación de proporcionar a la madre los gastos de embarazo y parto, extendiendo la protección incluso antes del nacimiento del niño.
Todos los menores de edad, incluyendo los no nacidos, tienen derecho a la protección, al cuidado y a la asistencia necesaria.
El artículo 411 del Código Civil establece la obligación de dar alimentos a cargo de los progenitores, siempre y cuando se demuestre el parentesco; esto implica que ambos padres deben suministrar alimentos a sus hijos.
Así mismo, la Ley 2244 de 2022 reconoce los derechos de la mujer durante el embarazo, trabajo de parto, parto y posparto, y establece disposiciones para un “parto digno, respetado y humanizado”.
Cabe destacar que los derechos de los no nacidos, como el derecho a la vida, a los alimentos y al reconocimiento de la filiación, están protegidos por el Bloque de Constitucionalidad.
Esto obliga al Estado a proteger a los nonatos, a pesar de las ambigüedades jurídicas respecto al reconocimiento de persona que establece el Código Civil únicamente para los nacidos y separados de su madre. Sin embargo, la Constitución Política de 1991 otorga una valoración especial al derecho a la vida desde la concepción.
Según indica Jimmy Jiménez, abogado del bufete Integrity Legal, asegura que “es fundamental que se reconozcan y protejan los derechos de los no nacidos desde la concepción. El marco legal vigente garantiza el derecho a la vida y la integridad desde el embarazo, así como la obligación de los progenitores de proporcionar alimentos y cuidados necesarios. Además, la Ley 2244 de 2022 respalda el derecho a un parto digno y humanizado para las madres gestantes, lo que es crucial para el bienestar de la madre y del bebé”.
Finalmente, la jurisprudencia colombiana respalda el derecho de la madre gestante a solicitar una cuota alimentaria para su bebé, asegurando la protección integral de la infancia y la maternidad. Se reconoce la importancia de garantizar un parto digno, respetado y humanizado, así como el derecho a la vida desde la concepción.