La cuota alimentaria es un aporte obligatorio que debe realizar el padre o madre que no haya sido favorecido con la custodia de su hijo o hija.

Cuota alimentaria. | Foto: Getty Images

Esta cuota de alimentos incluye: alimentación, educación, salud, vestuario y demás gastos que el menor requiera.

El Código de Infancia y Adolescencia establece esta cuota obligatoria, con el fin de garantizar los derechos de los NNA (Niños, Niñas y Adolescentes).

El Código de Infancia y Adolescencia, indica además que, aunque no existe en Colombia una cuota mínima mensual, parte de la presunción de que el padre o madre responsable de pagarla, tendrá ingresos de por lo menos un salario mínimo legal mensual vigente (1 SMLMV 2024).

Cabe destacar que la cuantía puede ajustarse si el juzgado de familia considera que los padres tienen capacidad para aportar más.

La inasistencia alimentaria es un motivo de demanda en el país.

En todos los casos, al inicio de cada año deberá aplicarse el incremento a la cuota alimentaria, acorde a lo que se haya pactado en el acta de conciliación o acorde a la orden de la autoridad que haya fijado la cuota alimentaria (comisaría de familia, defensoría de familia Icbf, o juez de familia.), este incremento se realizará acorde al aumento del salario mínimo o al IPC del año anterior (2023).

Por su parte, Jimmy Jiménez, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Procesal, confirma que “si en el acta que determinó la cuota para los hijos dice que esta se incrementará acorde al salario mínimo, el aumento a aplicar será del 12,07 por ciento, por el contrario, si se estableció el incremento acorde al IPC, el aumento será del 9,28 por ciento”.

En ese orden de ideas, el aumento del 12,07 por ciento se aplicará a cualquier monto de la cuota alimentaria que ya anteriormente se haya establecido. Por ejemplo, si su cuota alimentaria se fijó en 1 millón de pesos, en 2024 deberá pagar 1.120.700 pesos.

Este sería el valor de la cuota alimentaria. | Foto: SEMANA

Cabe destacar que la inasistencia alimentaria es un motivo de demanda en el país, de acuerdo con expertos en derecho de familia, la razón principal por la cual los hombres eluden la obligación económica es por la enemistad en la que quedan con la esposa y para darle más rabia, le niegan los derechos al propio hijo.