Con un embargo, lo que se busca es que el deudor cumpla con su obligación inicial o pague la deuda a favor del acreedor. Este tema no solo genera dolores de cabeza entre quienes deben pasar por algo así, sino también porque se presentan muchas dudas al no conocer cómo se debe llevar a cabo todo el proceso.

La Universidad de la Sabana, a través de su portal web, explica que el embargo es una medida cautelar que recae sobre los bienes de un deudor, el cual no ha cumplido con alguna obligación o le adeuda algo a un acreedor.

Inmovilizar los bienes del deudor asegura que lo embargado puede ser utilizado para indemnizar la deuda.

Evite que sus bienes sean embargados por no cumplir con una deuda. | Foto: El País

Según la abogada Liz Pauline Ballén Cañón, miembro investigador del Semillero Civil Bienes de la Universidad de La Sabana, aclaró que el embargo es la medida que se toma en un proceso judicial.

“Si el acreedor pretende el embargo de los bienes del deudor, tiene que solicitarlo al juez competente. El juez estudiará la solicitud y decidirá si ordenarlo o no”, dijo la abogada.

En el momento en que el juez ordena el embargo, puede presentarse lo siguiente:

Si son bienes sujetos a registro, el juez comunicará la decisión a la autoridad competente para que haga la inscripción en el registro, y con ella se entenderá efectuado el embargo.

Un ejemplo de esto es que si se llega a embargar una casa, la autoridad competente sería la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, la cual deberá inscribir la medida en la matrícula inmobiliaria del inmueble.

Si son bienes no sujetos a registro, el juez ordenará el secuestro de los mismos.

En este caso, el secuestro se refiere a la diligencia en la que se entregan las cosas embargadas a un funcionario público, quien se encargará de administrar los bienes y los tendrá bajo su responsabilidad. “Con el secuestro se entenderá efectuado el embargo”, señaló la especialista.

El sueldo puede ser embargado. | Foto: Getty Images

Embargo del salario

Según el Código Sustantivo del Trabajo, el salario mínimo legal es inembargable. En cambio si la persona gana más de un salario mínimo, el excedente sí podrá ser embargado, pero solo hasta en una quinta parte.

Ballén Cañón explica que la excepción a la regla se da en que todo tipo de salario, incluyendo el salario mínimo, podrá ser embargado hasta en un 50 %, si el acreedor que solicita el embargo es una cooperativa autorizada o cuando se pide por obligaciones alimentarias adeudadas.

En el caso del salario, el empleador retendrá el monto embargado, y en lugar de pagárselo al trabajador o deudor, lo consignará en la cuenta bancaria del juzgado que lleva el proceso.

Levantamiento de un embargo

Un embargo ya practicado puede ser levantado, es decir, cuando se quita la medida cautelar de los bienes afectados.

El Código General del Proceso indica que uno de los casos cuando se levanta el embargo es cuando el acreedor, quien fue el que pidió la medida, pide el levantamiento. Esto sucede di durante el proceso el deudor cumple o paga en su totalidad la obligación.

En caso de que el embargo haya sido practicado y no haya ocurrido ninguna causal de desembargo, el juez ordenará el remate de los bienes embargados.

Cumplidos los requisitos y etapas que señala la ley, se realizará el remate en el que se subastarán los bienes en mención. Con el dinero que se recoja del remate, se pagará el crédito al acreedor, tanto lo que debe el deudor, como lo que invirtió en el proceso judicial.

Embargo por una deuda en la tarjeta de crédito

Algo que no muchos conocen es que ante una deuda de una tarjeta de crédito, sí se puede presentar un embargo.

“Es posible embargar el salario por una deuda adquirida con un banco derivada del manejo de una tarjeta de crédito, entendiendo que hay una obligación de pagar que está siendo incumplida por el deudor. En este caso se podrá embargar siempre y cuando el deudor gane más del salario mínimo”, indicó la abogada.

Cabe mencionar que aunque el banco acreedor solicite el embargo del sueldo como medida cautelar, esto no significa que necesariamente el juez vaya a ordenarlo.

Tenga sus tarjetas de crédito al día y evite dolores de cabeza. | Foto: Getty Images