El presidente Iván Duque ordenó "asistencia militar" en los centros urbanos donde se presenten problemas de orden público, según anunció en alocución en la noche de este sábado.
"Quiero hacerle una advertencia clara a quienes por la vía de la violencia, vandalismo y terrorismo pretenden amedrentar a la sociedad, y creen que por ese mecanismo, doblegarán a las instituciones. No vamos a permitir que las vías de hecho, destrucción de bienes públicos y privados o el mensaje de odio tengan cabida en nuestro país", dijo.
Por ende dijo que la figura de "asistencia militar" seguirá vigente en los centros urbanos donde existe un alto riesgo para la integridad de los ciudadanos, y donde se requiere emplear toda la capacidad del Estado para proteger a la población".
Añadió que la "asistencia militar" se mantendrá en coordinación con Alcaldes y Gobernadores hasta que "cesen los hechos de grave alteración del orden público".
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Rafael Guarín, Consejero Presidencial para la Seguridad Nacional, escribió en Twitter que "la asistencia militar está consagrada en el artículo 170 de la ley 1801 y pautas de su aplicación se consignan en la Política Marco de Convivencia y Seguridad Ciudadana. Las FFMM actuarán rigurosamente conforme a las normas de derechos humanos".
"El derecho a la protesta es sagrado, su ejercicio fortalece la democracia y el Gobierno lo garantiza. Pero, la violencia, el vandalismo y el pillaje, no son protesta, son delito, y la Constitución obliga perseguir al delincuente y proteger a los ciudadanos", manifestó Guarín.
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¿Qué es la asistencia militar?
Según la Política Marco de Convivencia y Seguridad Ciudadana, "la asistencia militar es una figura jurídica establecida en la Ley 1801 de 2016. Su activación puede ocurrir en determinadas situaciones,
está sujeta a estrictos requisitos derivados de la norma y del marco jurídico del uso de la fuerza que contempla el derecho internacional y el
ordenamiento jurídico interno".