En todo el país se aproximan las fechas límites de pago del impuesto vehicular, para algunas placas de automóviles. Para el departamento del Valle del Cauca, los vehículos con placas comprendidas entre 000 y 333, podrán declarar y pagar el impuesto vehicular hasta el 30 de abril de 2024, sin sanción o intereses por mora.

El Gobierno Nacional, por medio del decreto 2228 del 2023, fijó los porcentajes del impuesto vehicular, de acuerdo con el avalúo del automóvil.

De acuerdo con el avalúo del carro, estas son las tarifas del impuesto vehicular en el Valle del Cauca para el 2024. | Foto: El País

Tarifas fijadas por el Ministerio de Hacienda

Los vehículos de $54′057.000 deberán pagar un 1,5%, mientras que los carros de más del valor mencionado anteriormente, hasta $121′625.000 pagarán un 2,5%. Por su parte, los automóviles mayores a $121′625.000 tendrán que cancelar un 3,5%.

Es importante anotar que los precios son tanto para los vehículos nuevos, como los usados y los que se internen temporalmente al país. Dicho ajuste comenzó a regir desde el 1 de enero de 2024, de acuerdo con la norma que firmó el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla.

Fechas de pago y descuentos

  • Placas comprendidas entre 000 y 333: pagarán sin sanciones hasta el 30 de abril de 2024.
  • Placas comprendidas entre 334 y 666: pagarán hasta el 31 de mayo sin sanciones.
  • Placas comprendidas entre 667 y 999: pagarán hasta el 28 de junio sin sanciones.
Los vehículos de $54′057.000 deberán pagar un 1,5%, mientras que los carros de más del valor mencionado anteriormente, hasta $121′625.000 pagarán un 2,5%.

¿Qué vehículos no pagan impuestos?

De acuerdo con la Ley 488 de 1998, en el artículo 141, los que no deben pagar este impuesto son:

  • Los tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.
  • Los vehículos de trasporte público de pasajeros y de carga.
  • Vehículos y maquinaria de uso industrial que a raíz de sus características no se ven obligados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.
  • Las bicicletas, motonetas, y motocicletas con motor hasta de 125 c.c. de cilindraje.
Los tractores y demás vehículos de trabajo en el campo antes descritos no pagan impuesto.

Varias entidades gubernamentales ya se encuentran dando avisos de las fechas límites, pues quien no cumpla con ello, se expone a multas económicas.