Uno de los tributos que tienen que pagar los vallecaucanos, año tras año, es su impuesto automotor. En lo corrido del 2023 ya se cumplieron los plazos tanto para aquellos vehículos que tienen placas con números que van del 000 al 333, así como los que van del 334 al 666.
Actualmente, los que todavía tienen plazo para pagar su tributo son los dueños de los vehículos con placas que van desde el 667 hasta el 999. También las motocicletas con cilindraje mayor a 125 CC. Este plazo irá hasta el próximo 30 de junio, por lo que es importante acudir en los próximos días a las diferentes entidades bancarias habilitadas para no caer en mora.
Estas entidades son las del Grupo Aval, Davivienda y Bancoomeva, también se puede cancelar por PSE o a través del portal oficial de la Gobernación del Valle: www.vehiculosvalle.com.co, pero debe tener en cuenta que en este se le cobrarán 17.100 pesos adicionales por soporte tecnológico.
Las autoridades de la Unidad de Rentas de la Gobernación del Valle del Cauca han manifestado que, hasta el momento, no se ha considerado tener una ampliación o fecha adicional para los plazos de pago, por lo que estos son fijos. Sin embargo, no se descarta una posibilidad para el segundo semestre del año.
Lo ideal es pagar todos los impuestos a tiempo y evitarse desgastes futuros, pero, aun así, existen miles de vallecaucanos que, por una razón u otra, no van a alcanzar a pagar el impuesto antes de la fecha límite, así como ya hay muchos que se encuentran en mora para este tributo.
Cabe resaltar que hay casos particulares, como lo son tener esta deuda por vehículos que ya han sido chatarrizados, que fueron robados o cuyo propietario principal ha fallecido. Sin embargo, lo más regular es que, simplemente, a los responsables del pago se les pasen estas fechas sin poder pagar.
Para aquellos deudores que están con cobro coactivo o embargo por mora, la Gobernación departamental entregará un descuento del 80 % en las sanciones e intereses que se encuentren en el proceso. “Siempre y cuando, en caso de existir embargo el valor de este, no cubra el 80 % de la deuda al momento de la solicitud de remisión por el interesado y que el deudor cancele la totalidad del valor del tributo y el saldo (20 %) de los intereses y sanciones que se le conceden con la remisión”, informó la Gobernación.
Quienes quieran adherirse a esta posibilidad, tendrán que presentar la solicitud en la ventanilla única de la Gobernación antes del 31 de octubre de este año. Asimismo, tendrán que cumplir unos requisitos.
Uno de ellos es la fotocopia del documento de identidad si se es persona natural, o en caso de ser persona jurídica, presentar el certificado original de existencia y representación legal, expedido con un término no mayor a 30 días a la radicación de la solicitud, y la fotocopia del documento de identidad del representante legal.
Hay un caso adicional y es que las deudas tengan más de cinco años desde que fueron emitidas y no se tenga información de lo que ha sucedido con el propietario.
En esos casos, habrá condonación total de la deuda si la persona demuestra “no tener bienes (muebles e inmuebles) embargados o sin posibilidad de practicar secuestro, embargo de productos financieros sin retención de dineros ni garantía alguna”, agrega la entidad.
Para estos casos, también se debe acudir a la sede principal de la Gobernación, en el centro de Cali, antes del 31 de octubre próximo. Además de llevar copia del documento de identidad, tanto para este proceso como para el del 80 %, el peticionario tendrá que diligenciar la Solicitud Sugerida.