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De los 625.464 vehículos registrados en Cali en 2015, según cifras del Registro Único Nacional de Transporte, Runt, 431.365 tienen el Soat. Unos 180.000 no cumplen con ese requisito obligatorio. | Foto: Elpais.com.co | Archivo

SOAT

No se deje engañar, el Soat sigue vigente

Superfinanciera desmiente versión en redes sociales. Advierte que quien no lo porte podrá ser sancionado.

28 de febrero de 2017 Por: Redacción de El País

La Superintendencia Financiera exhortó a los colombianos a no dejarse engañar a través de las redes sociales sobre una supuesta derogatoria del Seguro Obligatorio de Daños Corporales en Accidentes de Tránsito, Soat, ya que el mismo sigue vigente en el país.

“Es importante que la ciudadanía haga caso omiso a la información que ha venido circulando por distintas redes sociales sobre una supuesta “erradicación” de esta exigencia legal a partir de la última semana de febrero del presente año”, señaló esa entidad en un comunicado.

La institución pidió a las personas abstenerse de caer en engaños sobre la no exigencia de este seguro, por las siguientes razones:
- Todo vehículo automotor que transite en el territorio nacional debe estar amparado por el Seguro Obligatorio de Daños Corporales causados a las Personas en Accidentes de Tránsito, Soat (Artículo 192 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero–EOSF).

- Las entidades aseguradoras autorizadas actualmente para la explotación del ramo del Soat están habilitadas legalmente para expedir en forma obligatoria las pólizas del seguro en mención (Artículos 192 y 196 del EOSF).

- Las autoridades de tránsito de carácter departamental, distrital y municipal exigirán el Soat para efectos de expedición de placas de circulación del vehículo, su traspaso y cualquier otra gestión relacionada con éste (Artículo 197 del EOSF).

- No portar el Soat da lugar a la imposición de una multa al conductor del vehículo, consistente en 30 salarios mínimos legales diarios y a la inmovilización del vehículo (Artículo 131 literal D2 de la Ley 769 de 2002 / Código Nacional de Tránsito).

A través de la Resolución 0004170 del 5 de octubre de 2016 el Ministerio de Transporte implementó, entre otros, el ingreso de los datos de la póliza del Soat en el Registro Único Nacional de Tránsito, Runt, así como la expedición de la póliza del Soat de manera física o electrónica.

Vale la pena mencionar que la citada Resolución estableció un período de transición de un año a partir de su entrada en vigencia para que las entidades aseguradoras y el Runt implementen las medidas por ella adoptadas.

La nueva alerta de la Superintendencia Financiera se da luego de que en redes sociales vienen circulando mensajes falsos acerca de que el Soat se derogará.

Ha sido tal el revuelo, que muchas personas han decidido no portar el Soat o no renovarlo, lo cual podrá ser sancionado por las autoridades de tránsito o policivas en caso de que los conductores sean requeridos.

Parque protegido

Según Fasecolda, hasta agosto de 2016 había 4.650.612 automotores con Soat, de los cuales 2.335.411 correspondían a motos y 535.859 eran camionetas y camperos.

También hay con Soat 296.828, vehículos de carga o mixtos y 7.560 oficiales o especiales.

Asimismo, tienen Soat 1.481.679 carros familiares; 115.843 eran automotores de 6 o más pasajeros. Igualmente, hay protegidos 145.793, autos de negocios; 33.061, busetas y 82.805, buses intermunicipales.

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