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Los comparendos realizados por la Policía Metropolitana de Cali se realizan por tener comportamientos contrarios a la sana convivencia ciudadana. | Foto: Foto: Bernardo Peña / El País

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Ojo, infractores: estos son los cambios que tendrán en Cali los cursos pedagógicos por vulnerar el Código Nacional de Policía

Asistir a estas jornadas podría exonerar a algunos infractores de pagar una sanción económica.

3 de agosto de 2024 Por: Redacción El País

La Alcaldía de Cali informó que a partir del lunes 5 de agosto cambiará la metodología en la que los infractores al Código Nacional de Policía deben realizar los cursos pedagógicos, un requisito esencial para ciertos tipos de comportamientos contrarios a la convivencia ciudadana.

“Estas actividades pedagógicas son vitales para que las personas conozcan del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), comprendan cuáles son las acciones que afectan la convivencia en sociedad y ayuden a construir sanas relaciones entre ciudadanos”, dijo Luis Eduardo Varela, subsecretario de Acceso a los Servicios de Justicia de la Alcaldía de Cali.

Las actividades presenciales se deberán hacer desde la Casa de Justicia de Alfonso López.
Las actividades presenciales se deberán hacer desde la Casa de Justicia de Alfonso López. | Foto: Alcaldía de Cali.

En ese sentido, estas citaciones a los infractores dejarán de ser virtuales para pasar a ser presenciales, por lo que cada una de las personas que tiene una de estas infracciones deben agendar citas.

“Se podrán hacer en la Casa de Justicia de Alfonso López en los horarios 8:30 a.m., 10:30 a.m. y 2:00 p.m., los ciudadanos se pueden inscribir en la página www.cali.gov.co/codigopolicia, explicó Varela.

Es importante mencionar que, según el Código Nacional de Policía, hay 4 tipos de multas, las cuales tienen un valor de entre $ 86.666 y $ 693.328.

Hay algunos infractores que pueden quedar exonerados del pago de la sanción si acuden de manera temprana a los cursos pedagógicos. | Foto: Raúl Palacios / El País

“Las personas que se les ha impuesto una medida correctiva, en categorías 1 y 2, quedarán exonerados del pago al hacer el curso, solamente que lo hagan en los 5 días hábiles posteriores a la imposición de la medida”, explicó Varela.

Además, desde la Secretaría de Seguridad se recordó: “El no pago de la sanción dentro del primer mes dará lugar a cobro de intereses moratorios. Si transcurren 90 días sin ponerse al día con la sanción, se procederá al cobro coactivo, incluyendo intereses por mora y costos de cobro. Además, se generará un reporte al Registro Nacional de Medidas Correctivas, consultado por entidades públicas.

El porte de sustancias prohibidas en espacio público es la segunda conducta más sancionada por el Código de Policía. | Foto: Oswaldo Páez / El País

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