PERSONERÍA DE CALI
Personería sanciona en primera instancia a dos Secretarios de la Alcaldía
Las sanciones en primera instancia están dirigidas a Argemiro Cortés, secretario de Desarrollo Económico y Fabiola Perdomo, secretaria de Bienestar Social.
La Personería de Cali emitió un fallo, en primera instancia, con una sanción contra Armemiro Cortés, secretario de Desarrollo Económico y Fabiola Perdomo, secretaria de Bienestar Social.
De acuerdo con el comunicado de la Personería, la sanción contra Cortés es de cuatro meses y la de Perdomo es por siete meses.
La sanción contra el titular de la cartera de Desarrollo Económico es por la violación de los principios de contratación (Ley 80 de 1993), que establece que los pliegos de condiciones o términos de referencia, no pueden ser elaborados en forma incompleta, ambigua o confusa.
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El proceso contractual tenía como objeto brindar apoyo logístico a la Secretaría de Desarrollo Económico en el proceso de fortalecimiento a 50 unidades productivas caracterizadas del Plan Jarillón en el marco del proyecto 'Implementación de una estrategia de generación de ingresos de unidades productivas de la zona de mitigación del Jarillón del río Cauca de Santiago de Cali'.
Este órgano de control calificó la conducta del investigado como grave a título de culpa grave.
El País consultó a la Secretaría de Desarrollo Económico sobre esta decisión y comentaron que la sanción obedece a un fallo administrativo que hubo en un proceso de licitación que se abrió para dicho proyecto.
"Hay que aclarar que ese contrato no se adjudicó. Cuando la Secretaría abrió el proceso de licitación caímos en la cuenta de un error administrativo que había y procedimos a bajar dicho documento del proceso de licitación", indicaron.
El contrato era por un valor de 850 millones de pesos, que serán utilizados para ese proyecto, pero en el año 2021. Además, manifestaron que harán un llamado a la Procuraduría para que intervenga y establezca si dicha sanción tiene o no lugar.
De igual forma la Personería de Cali sancionó, en primera instancia a la Secretaria de Bienestar Social, Fabiola Perdomo Estrada, por violación a los principios de contratación estatal, transparencia y selección objetiva.
Contrato que tuvo por objeto la prestación del servicio logístico para el cargue, transporte, descargue y distribución de ayudas alimentarias y bonos multicompra dentro del marco legal que se estableció para la emergencia sanitaria provocada por el covid-19.
El órgano de control calificó la conducta de la implicada como grave a título de culpa grave.
Según lo que el despacho de Bienestar Social le comentó a El País, Fabiola Perdomo ya hizo uso del recurso de apelación y también elevó el caso a la Procuraduría.
"La Personería incurrió en un procedimiento indebido, ya que el fallo en primera instancia no se debe publicar. Con respecto al contrato al que se refiere ese órgano de control, podemos decir que ya presentamos toda la documentación. La cuestión es que ellos no entienden que eso se hizo dentro de una condición especial que fue decretada por el Gobierno Nacional cuando empezó la cuarentena", afirmaron.
Cabe recordar que ambos funcionarios tienen derecho al recurso de apelación en las 48 horas siguientes a la emisión de dicho fallo.
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