Cali
¿Qué documentos deben tener vigentes los establecimientos comerciales en Cali?
Incumplir la norma puede causar el cierre temporal del establecimiento y una multa de hasta $693.333.
Durante el 2024, la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control (IVC), adelanta visitas a establecimientos comerciales de Cali como restaurantes, bares y discotecas con el objetivo de verificar la documentación requerida que permita ejercer la actividad económica, reconociéndolos como actores importantes que dinamizan la economía.
Desde la dependencia aseguraron que estos operativos de IVC a establecimientos se hacen con el único propósito de garantizar la seguridad y tranquilidad de clientes o usuarios.
”La gran mayoría de los establecimientos que hemos visitado cuentan con la documentación en orden para el desarrollo de su actividad. Por eso insistimos en que nuestro objetivo no es sancionarlos; lo que buscamos es que los propietarios estén al día con todos los requisitos para cumplir la norma que les permita brindar los servicios adecuados y de calidad a la ciudadanía”, señaló Javier Garcés, subsecretario de Inspección, Vigilancia y Control de Cali.
Requisitos:
Para su funcionamiento, todo establecimiento de comercio en el territorio nacional debe acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 87 de la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así:
- Concepto de uso del suelo
Lo otorga la Subdirección de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico, del Departamento Administrativo de Planeación. Es un documento gratuito que indica la destinación o finalidad para la cual fue construida la edificación y su ubicación. Para más información ingrese a usodelsuelo.cali.gov.co
Es importante aclarar que el Concepto de uso del suelo es un documento que no otorga derechos ni obligaciones; por tanto, no autoriza el funcionamiento del establecimiento. Indica cuáles son las actividades económicas permitidas para ser ejercidas en un determinado predio, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente en Cali.
- Matrícula mercantil
Este documento lo expide la Cámara de Comercio y se debe renovar cada año. Vale destacar que el establecimiento debe tener el mismo objeto económico que indica la Matrícula Mercantil. El costo de este registro dependerá de los activos reportados. Para más información ingrese a www.ccc.org.co
- Informar a la Policía
Comunicar la apertura del establecimiento al comandante de la estación o subestación de Policía del lugar donde funciona el mismo, es decir, del barrio o comuna donde se encuentre ubicado el establecimiento de comercio.
- Concepto sanitario
Las visitas de inspección sanitaria son realizadas por la Secretaría de Salud Pública Distrital. Es un documento que tiene vigencia anual. Para más información y trámite de la solicitud de visita técnica sanitaria en la página de la dependencia de salud.
- Certificado de seguridad
Se gestiona ante el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Santiago de Cali. Certifica la existencia de extintores en el establecimiento, así como rutas de evacuación, pasillos despejados e instalaciones eléctricas adecuadas.
El certificado tiene vigencia anual. Para solicitar la inspección técnica, debe hacerse un pago parcial que será incluido en el costo total del certificado al liquidar el valor del mismo. Más información en bomberoscali.org/inspecciones-tecnicas.
- Normas referentes a los niveles de intensidad auditiva
Según la actividad económica, todo establecimiento debe cumplir la normativa relacionada con intensidad auditiva, implementando lo necesario para prevenir y evitar impactos negativos en el entorno. Será el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (Dagma) el encargado de verificar dicho cumplimiento, así como los demás impactos ambientales que se puedan generar en el desarrollo de la actividad.
- Permiso por derechos de autor
Para aquellos establecimientos donde se ejecuten públicamente obras protegidas por las disposiciones legales vigentes sobre derechos de autor o audiovisuales, se deberá tramitar el comprobante de pago al día ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
La tarifa dependerá, entre otros factores, de las obras publicadas y los ingresos que los comerciantes obtengan por la utilización de la música o los audiovisuales. La vigencia se establece de conformidad con los pagos realizados. Para más información puede consultar en derechodeautor.gov.co.
- Cumplir con los horarios establecidos para la actividad económica desarrollada
La consecuencia individualizada del incumplimiento de cada uno de los requisitos de funcionamiento de establecimientos de comercio, así como de los comportamientos que afecten la actividad económica, se encuentran contemplados de manera específica en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia, artículo 92, Ley 1801 de 2016.
- Otros requisitos
Registro Nacional de Turismo: se tramita ante la Cámara de Comercio.
Concepto Previo Favorable: se tramita ante Coljuegos.
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