Colombia
Buena noticia para conductores en Bogotá, no tendrán que pagar impuesto: ¿Para quiénes aplica?
Conozca cuáles son los vehículos que están exentos al pago de esta obligación.
Una de las obligaciones tributarias anuales para los conductores en el país es el impuesto vehicular, que se aplica anualmente a los propietarios de carros y motos que algunos cilindrajes. De acuerdo con la Secretaría de Hacienda de Bogotá, este atribuye al recaudo general de impuestos, para mejorar la capital del país en aspectos como mejoras en parques, vías, autopistas y distintas obras en construcción.
Ya que el pago del impuesto vehicular está próximo a vencerse, (el 28 de julio) es necesario tener en cuenta qué tipos de vehículos están exentos de esta obligación y cuáles están obligados a responder por ella.
¿Qué carros están obligados a pagar este impuesto?
Hay algunos vehículos que deben pagar este impuesto vehicular. De acuerdo con la ley, estos son los carros que deben cumplir con esta norma:
- Camperos
- Vehículos particulares
- Carros de tipo automóvil
- Carros híbridos
- Camionetas
- Carros de carga o de pasajeros
- Carros de servicio público
- Camperos
- Carros eléctricos
- Motos que tengan un cilindraje mayor a 125 centímetros cúbicos
¿Qué carros no deben pagar el impuesto?
- Tractores, trilladoras y maquinaria al servicio agrícola.
- Tractores sobre oruga, mototrillas, compactadoras, maquinarias, motoniveladoras, cargadoras, entre otros.
- Vehículos que son de uso industrial.
- Carros de la Empresa Distrital de Transporte Urbano desde la liquidación hasta que se haga la cancelación o modificación de las matrículas de estos.
- Motonetas, bicicletas eléctricas, bicicletas normales o motos de menos de 125 centímetros cúbicos.
Infracción por no pagar impuesto vehicular en Bogotá
Cabe recordar que si los conductores no pagan a tiempo este impuesto vehicular, tendrá que pagar una infracción. Tal multa es ocho salarios mínimos diarios legales vigentes, los cuales equivalen a $309.336 pesos.
Los pagos se pueden realizar en los puntos de atención SuperCade, presentando el documento de identidad del dueño y la tarjeta de propiedad del vehículo. Si el ciudadano es extranjero, se puede aportar la cédula de extranjería, el pasaporte o su permiso de permanencia.
Por otro lado, otra forma de pago que existe es a través de un cajero de la red Servibanca, la cual tiene más de 2.600 puntos en el país, ya que cuentan con la opción habilitada para cancelar el impuesto vehicular.
Rotación durante el mes de julio del pico y placa en Bogotá
El pico y placa en Bogotá es una regulación implementada en las principales ciudades de Colombia, incluyendo al capital del país, que tiene como objetivo controlar el flujo vehicular y reducir la congestión en las vías.
Esta medida en julio de 2023 se establece según el último dígito de la placa del vehículo. La medida de pico y placa en Bogotá no tendrá modificaciones en el mes de julio, por lo que continuará de 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m.
Días pares: NO pueden circular placas terminadas en 1-2-3-4-5.
Días impares: NO pueden circular placas terminadas en 6-7-8-9-0.
Sábados y domingos no aplica la medida. Sine embargo, los días festivos sigue rigiendo la medida del pico y placa regional. Cabe recordar que es a partir de las 12:00 del mediodía se permite el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas pares hasta las 4:00 p.m. y luego, de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.
El incumplimiento de las restricciones del Pico y Placa en Bogotá puede resultar en sanciones económicas. Para conductores que no cumplan con el Pico y Placa, la multa puede ascender a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMMLV) y la inmovilización del vehículo.
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