Economía
¿Conductores en Colombia con multas de tránsito pueden salir del país por carretera?
Estos son los detalles que se deben de tener en cuenta para los conductores que tiene un comparendo y quieren salir del país.
Una de las consultas más frecuentes que se hacen los viajeros es si pueden salir del país teniendo multas de tránsito sin pagar, un tema que deja una deuda importante que avanza con el tiempo, al punto de que podrían incluso embargarlo si no se soluciona con prontitud.
Las multas son consecuencia de no respetar las normas de tránsito mientras conducen su vehículo en vías y carreteras del país. Este comparando se dan por muchas razones, por exceder el limite de velocidad, por hacer una maniobra peligrosa como pasar un semáforo en rojo, por no tener los papeles al día o movilizarse en horas de pico y placa en la ciudad.
Actualmente, no se necesita la presencia de un agente de tránsito para imponerla, con la existencia de cámaras que detentan la velocidad o las placas al ver una anomalía, se revisa si se cometió una infracción.
Además, en caso de recibir un comparendo, se puede realizar un curso teórico de conducción con el que se podrá obtener hasta el 50% de descuento en el valor total, se tendrá 5 días habitados después de haber recibido la multa.
Se debe de resaltar que al dejar pasar varios meses sin pagar esta deuda podría hasta ser embargado, por esta razón surge la duda si puede salir del país con una o varias multas de tránsito pendientes por pagar.
¿Se puede salir de Colombia por carretera si tiene una multa de tránsito?
Si se tiene un comparendo pendiente por pagar podrá salir del país para hacer un viaje, pues este no es causal de impedimento para salir de Colombia. Lo que se debe tener presente es que se revisará si tiene requerimientos judiciales en el país como una demanda por alimentos.
Por otro lado, es importante estar al día en materia de comparendos, ya si se desea vender su carro, comprar uno o hacer traspaso de dueño, también para que no se convierta en una deuda mayor por interés moratorio tributario.
Luego de 90 días, es decir tres meses, las autoridades iniciarán el cobro coactivo incluyendo intereses de mora.
Por último, es bueno resaltar que el dinero de las multas son destinas a las multas de tránsito va para construcción y mejoramiento de vías, educación y seguridad vial.
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