Consejo de Estado condena al fallecido excontralor Rodolfo González
La condena implica el pago de $800 millones que deberán ser cancelados por los herederos de González García. El caso corresponde a un despido injustificado.
La condena implica el pago de $800 millones que deberán ser cancelados por los herederos de González García. El caso corresponde a un despido injustificado.
El Consejo de Estado condenó al excontralor General de la República Rodolfo González García, a pagar de su bolsillo 800 millones de pesos que esa entidad tuvo que utilizar en 1987 para indemnizar a una trabajadora que fue despedida injustamente. Aunque el excontralor falleció en el año 2003, serán los herederos quienes deberán pagar dicho monto, entendiéndose que los recursos saldrán de la herencia que estos recibieron o van a recibir. Se trata del primer fallo en este sentido que se emite pues con anterioridad, las denominadas acciones de repetición, no habían tratado a personas que hubieran fallecido. El presidente del Consejo de Estado, magistrado Danilo Rojas Betancourth, destacó la importancia del fallo al estimar que es un llamado de atención a todos los servidores públicos. "Estoy hablando de los alcaldes y gobernadores recién elegidos, para que se asesoren bien y sepan que aún vencidos sus mandatos, pasados muchos años después, la ley puede seguir desarrollando la persecución de sus bienes en caso de que se les encuentre responsables de acciones de repetición, que no es otra cosa que una responsabilidad por haber hecho mal lo que les correspondía en su gestión, dijo. El caso hace referencia a una condena impuesta a la Contraloría por la destitución de una funcionaria que laboraba en la ciudad de Miami y a la cual se le pidió su renuncia poco antes de cumplir dos años de labores, periodo que la hacía acreedora de beneficios económicos. Ante la respuesta de la funcionaria, que manifestó su renuncia pero solo después de cumplir los dos años, el Contralor procedió a declarar su insubsistencia y retirarla del cargo, nombrando en su remplazo a una persona que no cumplía los requisitos del cargo. La Sección Tercera, con ponencia de la magistrada Stella Conto Díaz del Castillo, explicó que en el presente caso se demostró que la conducta del funcionario fue dolosa y afectó los derechos de la exservidora. ( ) Conducta a todas luces censurable que deberá sancionarse, pues deja al descubierto la presión indebida ejercida sobre la exservidora para obtener su renuncia inmediata y, como no fue así, proceder a desvincularla en represalia. Conducta dolosa del funcionario que no admite duda, señaló el Consejo de Estado.