Colombia
Gobierno busca establecer límites en reservas naturales para la minería, esto responde el sector minero
El Gobierno Nacional está trabajando para resolver conflictos territoriales y ambientales que históricamente ha ocasionado la explotación minera en Colombia.
Por Juan Carlos Moreno Urán, reportero de El País.
Luego de que el Consejo de Estado ordenara el 4 de agosto de 2022 el amparo de los derechos colectivos a un ambiente sano y a la protección de áreas de especial importancia ecológica, los ministerios de Minas y Energía y de Ambiente comenzaron a trabajar en un marco legal conjunto.
Explica Lucía Soto Rincón, de la Universidad Externado de Colombia, que: “El alto tribunal ordenó al Ministerio de Ambiente elaborar y adoptar ‘mediante acto administrativo, la cartografía de las áreas de protección, haciendo uso de la figura prevista en el artículo 47 del CNRNR y en el Decreto 1374 de 2013, a efectos de prohibir en tales áreas el desarrollo de todo tipo de actividad minera, hasta que exista certeza sobre la compatibilidad de esa labor con la zonificación de cada territorio protegido’”.
El Decreto 044 de 2024, recientemente promulgado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia, marca un hito significativo en el ordenamiento minero-ambiental del país. Considerado uno de los países con mayor biodiversidad, se hace necesario que se establezcan límites para la exploración y trabajo en la minería.
Esta normativa dice: “Por el cual se establecen criterios para declarar y delimitar reservas de recursos naturales de carácter temporal en el marco del ordenamiento minero-ambiental y se dictan otras disposiciones”, medida que tiene el propósito de contribuir al equilibrio entre la actividad minera y la conservación del medio ambiente.
Según Lucía Soto Rincón de la Universidad Externado de Colombia, la expedición de este decreto responde a una sentencia emitida el 4 de agosto de 2022 por la sección primera del Consejo de Estado, que concedió el amparo de los derechos colectivos a un ambiente sano y a la protección de áreas de especial importancia ecológica.
“En la sentencia referida anteriormente, el Consejo de Estado concedió el amparo de los derechos colectivos a gozar de un ambiente sano y a la protección de áreas de especial importancia ecológica, entre otros derechos. Asimismo, concluyó que una de las principales causas que afecta dichos derechos es la falta de coordinación entre el sector de minas y el sector ambiental en materia de ordenamiento minero ambiental” argumenta Soto Rincón en su publicación.
¿Qué responde el Consejo Gremial Nacional?
Por medio de un comunicado a la opinión pública, manifiesta que hay una incorrecta interpretación del fallo del Consejo de Estado que hacen el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Minas y Energía.
“Se justifica la expedición del Decreto, en el cumplimiento de una orden del Consejo de Estado, pese a que las decisiones que se profirieron en el mencionado fallo del 4 de agosto de 2022, en ningún momento sugieren que las áreas protegidas se declaren desconociendo los lineamientos que la Constitución Política ha establecido para ello, como lo son el rigor científico, la participación ciudadana y la reserva de ley. Cabe anotar que dicho Tribunal fue enfático en reiterar la importancia del desarrollo sostenible y no establecer estados de moratoria minera” manifiesta el Consejo Gremial Nacional.
También expresaron que “Este Decreto, sumado a las iniciativas legislativas de creación de la empresa colombiana de minería – EcoMinerales y al proyecto de la Nueva Ley Minera, buscan inviabilizar el desarrollo de una actividad constitucionalmente permitida, reglada y que aporta de manera significativa a las finanzas públicas”.
Además de que busca pasar a un modelo minero sujeto a amplía reglamentación por parte del Gobierno, centralista, priorizado para el consumo interno, y subsidiado por el Estado, según el gremio en su comunicado.
Disposiciones del decreto 044 de 2024
Una de las disposiciones más relevantes del Decreto 044 es la prohibición temporal de otorgar permisos o licencias ambientales para la exploración y explotación minera en las áreas declaradas como reservas. Esta medida busca garantizar la preservación de los ecosistemas y la sostenibilidad de los recursos naturales durante el período establecido.
El Ministro de Minas y Energía, Andrés Camacho, respondió: “La manera en la que en el pasado se otorgó la titulación minera, hoy evidencia la presencia de proyectos de minería a gran escala en lugares como paramos, reservas naturales y áreas protegidas, eso exige planeación y organizar la minería en Colombia”.
El ministro Camacho también expresó que: “Hemos dado la discusión para tener certezas, este decreto ofrece herramientas para tomar decisiones en particular de casos de títulos en lugares que no deben ser, allí las competencias deben estar y actuar con el debido proceso, con instrumentos de análisis técnicos en cada caso y dejar de lado subjetividades”.
Se debe aclarar que en cumplimiento de dicha sentencia y siguiendo las directrices establecidas en la Sentencia C-339 de 2002 de la Corte Constitucional, el Ministerio de Ambiente ha delineado los criterios para identificar áreas de protección y desarrollo de recursos naturales renovables.
Estos criterios incluyen la consideración de ecosistemas de importancia ambiental, áreas estratégicas para la conservación de recursos hídricos y zonas que requieran acciones de restauración ambiental.
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