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TransMilenio
Las personas que ingieran alimentos o bebidas en el Transmilenio tendrán una multa. | Foto: IDU

Colombia

Hay multas por comer o tomar bebidas en TransMilenio ¿Cuánto tendría que pagar?

Las autoridades encargadas de la seguridad del sistema podrían multar a los usuarios que estén ingiriendo alimentos o bebidas.

30 de mayo de 2024 Por: Redacción El País

Uno de los medios de transportes públicos más usados en la ciudad de Bogotá, es el TransMilenio, en el que muchos capitalinos lo usan diariamente para dirigirse a sus estudios, lugares de trabajo o cualquier diligencia.

Este transporte público termina siendo una buena alternativa para movilizarse y bajar el flujo de tráfico pesado a la capital del país, sin embargo, debido a la cantidad de personas que abordan este colectivo se puede encuentras decenas de vendedores ambulantes.

Esta práctica se ha vuelto común de ver en el TransMilienio en donde se puede ver vendedores ofreciendo todo tipo de productos, desde comidas, bebidas hasta artículos de belleza y electrónicos, entonces no es de extrañar que haya personas consumiendo estos servicios a bordo de los buses.

Sin embargo, muchos desconocen que esta conducta es ilegal y puede ser penalizado con una multa. Así lo estipula el Manual del Usuario del Sistema de TransMilenio y el artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia. “Se prohíbe fumar, comer o beber en el Sistema, así como ingresar en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas alucinógenas”, se puede leer en el artículo.

Este tipo de actos realizados está catalogado como una sanción tipo uno, y los usuarios que sean sorprendidos comiendo o ingiriendo bebidas podrán recibir una multa de cuatro salarios mínimos legales vigentes; es decir, el valor a pagar sería de 173.333 pesos, teniendo en cuenta que para el 2024, un día de trabajo equivale a 43.333 pesos.

Por otro lado, también existen otras multas que el sistema de Transmilenio tiene, por ejemplo, el no ceder la silla, esto debería de ser un acto de solidaridad y educación.

También, el artículo 146 del Código Nacional de Policía menciona una multa por no pasar asiento: “No cederle la silla a una persona que lo necesite, embarazadas, en situación de discapacidad, adulto mayor o niño”.

Y otro de los comportamientos que tiene multa y se suele presentar a diariamente en el sistema es impedir el ingreso o salida de los usuarios, por lo que podría ser penalizado con una multa monetaria.

”Impedir la entrada o salida de una mujer embarazada, adulto mayor, personas con discapacidad o un usuario que tenga un bebe en brazos o niños agarrados de las manos, puede generar una infracción, tipo uno, el cual equivale a cuatro salarios mínimos”, dice el artículo.

Estación de TransMilenio en Bogotá.
Estación de TransMilenio. | Foto: IDU

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