Colombia
Lo último: atacaron a tiros a firmante de paz Marino Molina Cruz en Bogotá; hay dos escoltas heridos
El Partido Comunes denuncia que los delincuentes ya le habían hecho inteligencia a Marino Molina.
En la madrugada de este miércoles 30 de agosto, Marino Molina Cruz, integrante de la Mesa Técnica de Seguridad y Protección de la Unidad Nacional de Protección, sufrió un atentado, en el barrio San Rafael de la localidad Puente Aranda, en Bogotá. Los sicarios le habrían disparado de manera indiscriminada.
Según informaron las autoridades, dos de sus escoltas se encuentran heridos y están recibiendo atención médica, estos fueron identificados como Flor Lozano y Uberley Mendoza.
Frente a este hecho, de acuerdo con un comunicado emitido por el Partido Comunes, se tenía conocimiento previo de que hombres realizaron actividades de inteligencia en contra de Marino Molina y su familia.
Asimismo, resaltaron que Molina no contaba a plenitud con la medida de seguridad asignada por la Unidad Nacional de Protección.
Vale la pena mencionar que Molina es integrante de la Dirección Nacional del Partido Comunes e integró la Mesa de Negociaciones de la Habana, Cuba, en 2016.
Atentado a club El Nogal es crimen de guerra no amnistiable: JEP
La Sala de Amnistía o Indulto de la JEP declaró que los actos de los hermanos Fernando y Herminsul Arellán Barajas en el atentado al Club El Nogal son crímenes de guerra no amnistiables y violaciones al Derecho Internacional Humanitario.
El atentado ocurrió en Bogotá el 7 de febrero de 2003. Los Arellán, integrantes de la Columna Móvil Teófilo Forero de la extinta guerrilla, fueron los cerebros detrás del acto, que dejó 36 personas fallecidas y 158 heridas, las cuales no eran objetivos militares.
Fernando y Herminsul, comparecientes en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), cometieron crímenes de guerra y transgresiones al DIH, de acuerdo con la Sala de Amnistía. Esto, debido a que el ataque se dirigió contra un club social y empresarial, no contra un objetivo militar, como dictan las reglas de la guerra.
La JEP señaló que dentro del conflicto las partes “deberán distinguir en todo momento entre personas civiles y combatientes”. En ese sentido, las ofensivas “solo podrán dirigirse contra combatientes. Los civiles no deben ser atacados”.
El Nogal, de acuerdo con la JEP, solo era un sitio comercial que estaba ubicado en una zona que en buena parte también era residencial. “Se trata de un bien civil que no tiene, ni tuvo para la fecha de los hechos, como naturaleza, finalidad o utilización, contribuir eficazmente a la acción militar y no ofreció una ventaja militar definida”, resaltó la decisión de la Sala de Amnistía.
En esa misma línea, la Jurisdicción Especial encontró que “las víctimas de este ataque eran civiles que no participaban en las hostilidades y, por tanto, gozaban de protección respecto de un ataque en el marco del conflicto armado”.
La idea es determinar si el hecho puede ser parte de los patrones de conducta que cometió la extinta guerrilla en el desarrollo de sus hostilidades, además de garantizar la participación de las víctimas y su asesoría durante el trámite.
Los hermanos Arellán Barajas resultaron condenados a 40 años de prisión por parte de la justicia ordinaria, pero desde 2017 gozan de libertad condicional, algo que la JEP mantiene con algunas tareas. Respondieron por los delitos de terrorismo, homicidio y tentativa de homicidio, al comprobarse que participaron en la detonación del carro-bomba en el acto terrorista.
En concreto, el régimen de los Arellán Barajas contempla ocho compromisos, entre los que se les prohíbe salir del país sin autorización de la JEP, comparecer ante la Unidad de Búsqueda, contribuir por escrito al esclarecimiento de la verdad, no reincidir en ningún delito, entre otros.
*Con información de Colprensa.